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Decreto Nº1647-26

Decreto Nº 1647-26

Publicado en versión extractada

Pergamino, 19/05/2026

Municipalidad de Pergamino

2026 - Año de la grandeza Argentina

Decreto

 

Número: DECTO-2026-1647-E-PER-INT

Pergamino, Martes 19 de Mayo de 2026

 

Referencia: LLAMADO LICITACIÓN PRIVADA Nº 37-2026 EXPLOTACIÓN AGRÍCOLA BANQUINAS PINZON EX. B-420/26

CORRESPONDE EXPTE. B-420-2026 LICITACIÓN PRIVADA Nº 37/26

 

VISTO, la solicitud realizada por la COMISIÓN DE VECINOS Nº 5 de Pinzón, para llevar adelante el procedimiento administrativo correspondiente para la explotación agrícola de las banquinas adyacentes para el ciclo agrícola 2026-2027, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza Nº 5907/04 en lo atinente al uso de franjas adyacentes, predios municipales y caminos o calles en desuso, dispone en su artículo 6º b) que las franjas adyacentes serán explotadas por la COMISIÓN DE VECINOS Rurales a los que correspondan, para organizar operativamente esta gestión.

Que en virtud de lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades y Reglamento de Contabilidad, corresponde llamar a licitación privada tomando como referencia el valor del quintal Pizarra Rosario al presente, la cantidad de hectáreas a adjudicar y el plazo de arrendamiento.

Que será de la siguiente manera: banquinas desde el arroyo Roberto Cano hasta la Estación Ortiz Basualdo de ambos lados, desde la Estación Ortiz Basualdo hasta la Ruta 188 Km 85.5 de ambos lados y desde la Estación Ortiz Basualdo hasta la curva que divide Ortiz Basualdo de Pinzón por una cantidad total de 35 Ha. y por otro lado la zona comprendida en el Camino viejo a Pinzón de ambos lados y Camino del Ramayón de ambos lados por un total de 7.2 Ha. a licitar.

Que el procedimiento administrativo será efectuado por la COMISIÓN DE VECINOS a través de la Secretaría de Gobierno, por intermedio de la Subsecretaría de Asuntos Rurales.

Atento lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL DE PERGAMINO, en uso de sus atribuciones,

 

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: La COMISIÓN DE VECINOS Nº 5 de Pinzon, a través de la Municipalidad de Pergamino, llama a LICITACIÓN PRIVADA Nº 37-2026, para la explotación agrícola de banquinas de franjas adyacentes a caminos rurales de la localidad de Pinzon, con ajuste al régimen prescripto por la Ley Orgánica, Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, siendo la superficie cultivable de 42,2 hectáreas conformada por los siguientes ítem:

  1. banquinas desde el arroyo Roberto Cano hasta la Estación Ortiz Basualdo de ambos lados, desde la Estación Ortiz Basualdo hasta la Ruta 188 Km 85.5 de ambos lados y desde la Estación Ortiz Basualdo hasta la curva que divide Ortiz Basualdo de Pinzón por una cantidad total de 35 Ha.

  2. por otro lado la zona comprendida en el Camino viejo a Pinzón de ambos lados y Camino del Ramayón de ambos lados por un total de 7,2 Ha.

ARTÍCULO 2º: La licitación que se instrumenta por el presente tiende a la concesión para la explotación agrícola (siembra y cosecha de soja) por parte de la COMISIÓN DE VECINOS Rurales de franjas adyacentes a caminos rurales de la localidad de Pinzon, para la siembra y cosecha de soja, para el ciclo agrícola 2026-2027, siendo la superficie cultivable de 42,2 hectáreas.

ARTÍCULO 3º: La contratación regirá a partir de la fecha del 1º de junio de 2026 y hasta el 31 de mayo de 2027, fecha a partir de la cual, el arrendatario/contratista, tendrá que desocupar el predio, salvo el caso en que el sembrado, correspondiente a dicho ciclo agrícola, por las condiciones climáticas adversas, no haya podido recolectar.

ARTÍCULO 4º: Fijase como canon mínimo a abonar por la contraprestación de las tierras, el equivalente en dinero efectivo a quince (15) quintales de soja por hectárea, para el ítem 1).- desde el arroyo Roberto cano hasta Estación Ortiz Basualdo de ambos lados, desde la estación Ortiz Basualdo hasta la Ruta 188 Km 85.5 de ambos lados y desde la Estación Ortiz Basualdo hasta la curva que divide Ortiz Basualdo de Pinzon por una cantidad total de 35 Ha sin descuento de ninguna índole, tomando como base el valor de la soja pizarra Rosario del último día hábil, para la venta, del mes de mayo de 2027, con fecha efectiva de pago, hasta el día 10 de junio de 2027, y el equivalente en dinero efectivo a diez quintales (10) de soja por hectárea, para el ítem 2).- por otro lado la zona comprendida en el Camino viejo a Pinzón de ambos

lados y Camino del Ramayón de ambos lados por un total de 7.2 Ha. sin descuento de ninguna índole, tomando como base el valor de la soja pizarra Rosario del último día hábil, para la venta, del mes de mayo de 2027, con fecha efectiva de pago, hasta el día 10 de junio de 2027,https://www.bcr.com.ar/es/mercados/mercado-de- granos/cotizaciones/cotizaciones-

ARTÍCULO 5º: El arrendatario/contratista deberá permitir la tarea de atención e instalación de servicios que la autoridad de aplicación autorice, sin derecho a indemnización alguna, aunque se afecten las zonas sembradas.

ARTÍCULO 6º: El arrendatario/contratista será responsable de los perjuicios que ocasione a terceros o a la Dirección de Vialidad con motivo del permiso.

ARTÍCULO 7º: La fiscalización estará a cargo de la Comisión de Vecinos Nº 5 de Pinzon.

ARTICULO 8º: Será obligación del arrendatario/contratista la regularización del terreno, corte de pasto, desmalezado y mantenimiento en general de la zona y del/los caminos incluidos en el área asignada durante el plazo autorizado.

ARTÍCULO 9º: No deberá afectarse con la siembra conos de visibilidad o zonas de seguridad y permanecerá desmalezado.

ARTÍCULO 10º: La zona no podrá ser alambrada ni se colocará ningún tipo de obstáculo que impida o modifique los desagües existentes.

ARTÍCULO 11º: Los entubamientos o las alcantarillas longitudinales y transversales adyacentes a ambos lados hasta por lo menos diez (10) metros, serán mantenidos por el arrendatario/contratista debiendo permanecer limpios y libres de embanques u obstrucciones que afecten el normal escurrimiento de las aguas.

ARTÍCULO 12º: Deberá respetar las señales, obras de arte e instalaciones existentes en la zona.

ARTÍCULO 13º: El arrendatario/contratista deberá colocar en lugar visible un letrero indicativo demarcatorio de la zona de siembre y cosecha de soja al comenzar y finalizar los trabajos a realizar.

ARTÍCULO 14º: Prohíbese la utilización de la zona de camino para pastoreo de animales.

ARTÍCULO 15º: Prohíbese la quema de rastrojos o malezas, debiendo efectuarse los trabajos necesarios para evitar la propagación de incendios que eventualmente se produzcan.

ARTÍCULO 16º: Es obligación del arrendatario/contratista controlar plagas y malezas. Las labores culturales deberán tener un criterio conservacionista que evite la erosión del suelo.

ARTÍCULO 17º: Previo a la iniciación de los trabajos, se efectuará un inventario de la señalización vertical existente, resultando a cargo del arrendatario/contratista la reparación o reposición de la misma.

ARTÍCULO 18º: El incumplimiento de las condiciones establecidas en el presente, hará caducar automáticamente el arrendamiento concedido, disolución del contrato celebrado con la COMISIÓN DE VECINOS Nº 5 de Pinzon y facultará a la Dirección de Vialidad para que, sin necesidad de que medie ninguna otra formalidad, proceda a la remoción de los trabajos observados en la forma que considere más conveniente, sin perjuicio de la formulación del cargo que corresponda por los gastos directos o indirectos que se origen a raíz de ello.

ARTÍCULO 19º: Deberá tenerse presente la restricción de uso de fitosanitarios atento Ordenanza Municipal Nº 8126/14 que restringe su uso, especialmente en el área circundante a la Escuela Primaria de Ortiz Basualdo a ambos lados de la estación 150mt hacia el norte y 260mt en dirección sur.

ARTÍCULO 20º: El pliego de bases y condiciones podrá solicitarse sin cargo, hasta veinticuatro (24) horas antes de la fecha de apertura en la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS RURALES, sita en calle Florida Nº 629, Palacio Municipal.

ARTÍCULO 21º: Regístrese,dése al Boletín Municipal, formúlense las invitaciones ypublicaciones respectivas y resérvese en la SECRETARIA DE GOBIERNO, hasta la apertura de la licitación.-

 

Firmantes: Karim Jorge Dib -Secretario de Gobierno- Intendencia

                      Javier Arturo Martinez - Intendente - Intendencia