Boletines/General Alvear

Resolución Nº672/2026

Resolución Nº 672/2026

General Alvear, 20/05/2026

Visto

La persistente problemática y eterno reclamo de todos los vecinos de nuestra ciudad, respecto a la provisión de agua potable o agua corriente. Y,

Considerando

Que, es un servicio, no solo esencial, sino vital para toda la comunidad

Que, uno de sus mayores aportes es a la salud pública, posibilitando tanto la higiene personal, así como manipulación y preparación de alimentos, con las características pertinentes y aptas para el consumo.

Que, debería llegar, este servicio tan esencial, a todos los rincones de la ciudad.

Que, se viene manifestando la sociedad toda, y reclamando la falta del suministro, no solo en la época de verano, sino que ya el faltante es en todo el año.

Que, aunque el énfasis del reclamo está puesto sobre la cantidad, o llegada al menos de unos pocos litros diarios a cada domicilio, hay otro factor que está siendo subestimado, al menos por las autoridades competentes, y mas grave aún, es el descuido de los profesionales encargados de la salud pública.

Que, la subestimación referida, es la de la calidad, tanto física como química del agua que circula por las cañerías de distribución, llegando en varias ocasiones con un color “amarronado”, dando la plena impresión que es arena en suspensión, o falta de decantación en planta. Entendiendo que épocas estivales, la demanda es mayor, ya se ve que este problema persiste avanzado el año calendario, más allá del verano.

Que, además de todo lo expuesto y descripto, vemos que existe desde hace varios años, un reclamo judicial, por la posible contaminación del Arroyo Tapalqué, mas precisamente desde la ciudad de Olavarría, lo que genera al menos la duda respecto del agua que llega a nuestra ciudad, independientemente que muchos contaminantes se van diluyendo en el tránsito propio de la corriente.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES, RESULVE

ARTÍCULO 1º: SOLICÍTESE al Departamento Ejecutivo, que requiera un informe detallado, físico, químico, y aptitud de potabilidad, del agua corriente que se distribuye por red en nuestra localidad.

ARTÍCULO 2º: SOLICÍTESE al Departamento Ejecutivo, que envíe la copia de los análisis referidos, certificada por laboratorio competente, al Honorable Concejo Deliberante.

ARTÍCULO 3º: SOLICÍTESE al Departamento Ejecutivo, que requiera los mismos análisis, del agua que habitualmente se comercializa envasada, y que hoy en día llega a casi todos los hogares de nuestra ciudad, por la desconfianza que los consumidores tienen con respecto al agua corriente de red.

ARTÍCULO 4º: SOLICÍTESE al Departamento Ejecutivo, que estos informes y análisis, sean remitidos al H.C.D, certificados en todos los casos, por un laboratorio competente.

ARTÍCULO 5º: ACLÁRESE, a través de los medios locales, de todo tipo, que lo requerido por este cuerpo legislativo, no tiene otra intención que llevar la tranquilidad merecida por los ciudadanos, dando las garantías, a través del estado local, de que el agua de consumo disponible en General Alvear, es TOTALMENTE POTABLE. Todo lo requerido, no tiene intención de perjudicar a nadie, y mucho menos a firmas comerciales; simplemente, es pertinente y obligación del estado, resguardar al máximo la salud pública.

ARTICULO 6º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase, Publíquese.-

Dada en la  Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante “Héroes de Malvinas”, en Sesión Ordinaria, a los veinte días del mes de mayo de 2026.

Aprobada por Unanimidad.

 

 

 

 

 

  Diego Andrés Garaventa                             José Alberto Alaniz

Secretario Legislativo H.C.D.                            Presidente H.C.D.

    General Alvear (B.A.)                              General Alvear (B.A.)