Boletines/General Alvear

Resolución Nº670/2026

Resolución Nº 670/2026

General Alvear, 20/05/2026

Visto

La ubicación en dónde funciona la oficina de otorgamientos de registros y/o licencias de conducir, y sus particulares características edilicias. Y

Considerando

Que, el edificio en cuestión, tiene una arquitectura construida en dos plantas (baja y primer piso).

 

Que, la oficina mencionada, funciona, desde hace muchos años en el primer piso mencionado.

 

Que, asisten, por diversos motivos, la totalidad de los ciudadanos, en condiciones de poder tramitar la licencia de conducir.

 

Que, dentro de estas personas referidas, se encuentra una franja etaria, de mayores, con o sin dificultades físicas, transitorias o permanentes, como también, jóvenes con dificultades físicas, transitorias o permanentes.

 

Que, se ha manifestado más de un adulto mayor, refiriendo la dificultad de acceder por escaleras (único medio y posibilidad de acceso).

 

Que, en su oportunidad el HCD solicitó al DEM, por medio de la Resolución N° 622/2024, que arbitre los medios necesarios a efectos de permitir que el edificio del Honorable Concejo Deliberante pueda cumplir con la Ley 24.314, artículo 20 del Capítulo IV.(Suprimir las barreras físicas que impidan la accesibilidad de personas con movilidad reducida), y correspondientemente con el Capítulo V de la Ley10.592 y sus modificatorias.

 

Que, además de las dificultades descriptas, también resulta incómodo para los adultos mayores, la situación de espera en el “PASILLO”, ya que dicha oficina no posee más que un espacio físico, en donde se desarrolla toda la tarea pertinente, desde lo administrativo, hasta los exámenes o evaluaciones psicotécnicas (visión, audición, reflejos, coordinación), por lo tanto, es incómodo recibir en ese mismo ambiente, personas que están iniciando los tramites.

 

Que, por lo expuesto, se les solicita a los ciudadanos, que “golpee y espere ser atendido”, situación un tanto antipática, pero sin posibilidad de solucionarse por el momento.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, RESUELVE

ARTÍCULO 1°: Solicítese al departamento ejecutivo, tenga consideración, y evalúe la posibilidad de reubicar la oficina de otorgamiento de licencias de conducir.

 

ARTICULO 2°: Que dicha reubicación sea en un lugar, ubicado en planta baja, dando cumplimiento a lo establecido por la Ley 24.314, y requerido por Resolución 622/2024. Es necesario además, que se disponga de lugar de espera y de inicio de trámites y consultas, independiente del lugar donde se encuentra la aparatología evaluatoria, evitando así, la interferencia por los diálogos que se suscitan inevitablemente.

 

ARTICULO 3°: Solicítese al departamento ejecutivo, la celeridad y el esfuerzo pertinente para poder dar una respuesta favorable a esta inquietud aportada por dignos ciudadanos de nuestra comunidad.

ARTICULO 4º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase, Publíquese.-

 

Dada en la  Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante “Héroes de Malvinas”, en Sesión Ordinaria, a los veinte días del mes de mayo de 2026.

 

Aprobada por Unanimidad.

 

 

 

 

 

 

 

  Diego Andrés Garaventa                             José Alberto Alaniz

Secretario Legislativo H.C.D.                            Presidente H.C.D.

    General Alvear (B.A.)                              General Alvear (B.A.)