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Decreto Nº1033

Decreto Nº 1033

Brandsen, 21/05/2026

Visto

VISTO, La Ordenanza Fiscal Nº 2433, en particular lo dispuesto en su artículo 80º bis; el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC); y

Considerando

Que a fs. 1 obra nota del Secretario de Economía, Hacienda y Administración:  “Me dirijo a Ud. con el agrado de elevar el adjunto Proyecto de Decreto tendiente a disponer la actualización de los montos correspondientes a las tasas, derechos, contribuciones, patentes, alícuotas y demás obligaciones fiscales previstas en la Ordenanza Fiscal N° 2433, con el objeto de que, por su intermedio, sea remitido formalmente copia al Honorable Concejo Deliberante en cumplimiento de la normativa vigente. La presente medida se impulsa bajo las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades y, específicamente, de acuerdo a lo regulado en el ARTICULO 80° BIS de la Ordenanza Fiscal N° 2433, el cual faculta al D.E. a aplicar mecanismos de revisión y ajuste trimestral sobre las obligaciones fiscales municipales cuando la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) supere el diez por ciento (10%) anual. Al respecto, cabe destacar que, conforme a los datos técnicos oficiales publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) en su informe de Índices de Precios al Consumidor correspondiente al mes de abril de 2026, la variación acumulada registrada durante el primer cuatrimestre del año (período comprendido entre los meses de enero y abril de 2026 inclusive) ha alcanzado un 12,3%. Al haberse verificado y superado la condición establecida por la ordenanza de referencia, se ha procedido a fijar la actualización de los valores fiscales en dicho porcentaje, disponiéndose su aplicación a partir del 01 de junio de 2026. Esta adecuación económica resulta indispensable para mitigar el impacto del proceso inflacionario sobre los recursos públicos y asegurar el sostenimiento calidad y continuidad de los servicios esenciales que este Municipio brinda diariamente a la comunidad de Brandsen. A los efectos de dar cumplimiento al mandato del Artículo 80° Bis de la normativa fiscal, solicito a usted tenga a bien arbitrar los medios necesarios para la pronta remisión de la copia del correspondiente acto administrativo al cuerpo legislativo para su conocimiento. Sin otro particular, y quedando a disposición, saludo a Ud. atentamente.” Fdo: Federico Mariano Cagnani. Secretario de Economía, Hacienda y Administración. Municipalidad de Brandsen.

Que mediante la Ordenanza Fiscal Nº 2433 el Honorable Concejo Deliberante autorizó al Departamento Ejecutivo a efectuar revisiones trimestrales de los montos de tasas, derechos, contribuciones, patentes, alícuotas y demás obligaciones fiscales previstas en dicha normativa;

Que el ARTÍCULO 80º BIS establece expresamente la posibilidad de disponer ajustes conforme al Índice de Precios al Consumidor (IPC), cuando dicho índice supere el diez por ciento (10 %) anual;

Que conforme surge de los índices oficiales publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente a los meses de enero, febrero, marzo y abril del año 2026 supera el diez por ciento (10 %) previsto en el ARTÍCULO 80º BIS de la Ordenanza Fiscal Nº 2433, configurándose la condición establecida para la aplicación del mecanismo de actualización allí autorizado;

Que en virtud de ello corresponde disponer la actualización de los montos de las tasas, derechos, contribuciones, patentes, alícuotas y demás obligaciones fiscales municipales, conforme la variación del IPC correspondiente al período considerado;

Que la actualización dispuesta tiene por finalidad preservar el equilibrio económico-financiero de la Administración Municipal y garantizar la continuidad, regularidad y eficiencia de los servicios públicos a cargo del Municipio;

Que el porcentaje de actualización aplicado no supera la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al período tomado como referencia, en estricto cumplimiento de lo establecido en la normativa vigente;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades y la Ordenanza Fiscal Nº 2433;

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA

ARTÍCULO 1º.-Increméntese en un doce coma tres por ciento (12,3%) y de manera total el monto de las tasas, derechos, contribuciones, patentes, alícuotas y demás obligaciones fiscales a las que hacen referencia las Ordenanzas Fiscal e Impositiva vigentes. -

ARTÍCULO 2º.-Establécese que el porcentaje de actualización dispuesto en el artículo precedente corresponde a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), correspondiente al período comprendido entre los meses de enero y abril del año 2026.-

ARTÍCULO 3º.-Dispónese que el incremento dispuesto por el presente regirá a partir del día 01 de junio de 2026.-

ARTÍCULO 4º.-Remítase copia del presente al Honorable Concejo Deliberante, en cumplimiento de lo establecido en el ARTÍCULO 80º BIS de la Ordenanza Fiscal Nº 2433.-

ARTÍCULO 5º.-El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía, Hacienda y Administración. -

ARTÍCULO 6º.-Regístrese, comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial Municipal y cumplido, archívese.-