Boletines/Puan

Ordenanza Nº6905/18

Ordenanza Nº 6905/18

Puan, 24/10/2018

Corresp. al Expte. N° 459/17

ORDENANZA

ORDENANZA N° 6 9 0 5 / 1 8

ARTÍCULO 1º.- Modifíquese el artículo 192 de la Ordenanza Fiscal nº 6780/17, vigente  para el ejercicio 2018, que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 192º.- La Base imponible estará constituida, en el caso del servicio de agua potable, por el consumo de los usuarios cuyos valores se establecen en la Ordenanza Impositiva vigente. Para el caso de los servicios de cloacas, la base imponible estará constituida por el costo de prestación del mencionado servicio.

ARTÍCULO 2º.- Modifíquese el artículo 193 de la Ordenanza Fiscal nº 6780/17, vigente  para el ejercicio 2018, que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 193°.-El pago del gravamen se efectuará en DOCE (12) cuotas  mensuales, para el caso del servicio de agua potable. Para el caso de servicio de desagües cloacales, el servicio se facturará en SEIS (06) cuotas bimestrales.

Los vencimientos operarán en los siguientes días:

Vencimientos Agua Potable

Vencimientos Desagües Cloacales

 

CUOTA: 01 vto. 11 de Enero

Cuota 01: corresponde al bimestre septiembre - octubre 2018 vto. 08 de Noviembre

CUOTA: 02 vto. 09 de Febrero

Cuota 02: corresponde al bimestre noviembre - diciembre 2018 vto. 12 de Enero 2019

CUOTA: 03 vto. 08 de Marzo

 

CUOTA: 04 vto. 11 de Abril

 

CUOTA: 05 vto. 10 de Mayo

 

CUOTA: 06 vto. 08 de Junio

 

CUOTA: 07 vto. 11 de Julio

 

CUOTA: 08 vto. 10 de Agosto

 

CUOTA: 09 vto. 12 de Septiembre

 

CUOTA: 10 vto. 11 de Octubre

 

CUOTA: 11 vto. 08 de Noviembre

 

CUOTA: 12 vto. 12 de Diciembre

 

ARTÍCULO 3º.- Modifíquese el artículo 53 de la Ordenanza Impositiva nº 6781/17, vigente para el ejercicio 2018, que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 53°.- Por el servicio de agua potable se abonará:

  1. Por un mínimo de 16m3 bimestrales………………………..$ 1,80 el m3.
  2. El excedente sobre el mínimo bimestral……………….……$ 2,50 el m3.

Del análisis de costos de la prestación del servicio de cloacas en la localidad de Puan, surge un total anual de $ 1.030.000,00.- Dicho valor se dividirá por los usuarios a los que se refiere el Artículo 194 de la Ordenanza Fiscal vigente, obteniéndose un valor fijo bimestral de $ 170,00.- que será abonado por dichos usuarios como contraprestación por el servicio prestado por la Municipalidad.

 Por el servicio de conexión de desagües cloacales se abonará, por única vez y por contribuyente………………………$1.500,00

Por el servicio de desobturación de desagües cloacales se abonará, por cada vez y por contribuyente……………………$300,00

A las conexiones de desagües cloacales previstas se adicionará:

  • Por rotura y reposición de pavimento asfáltico, por vez, por m2…………$800,00
  • Por extracción y reposición de adoquines, por vez, por m2………………$500,00
  • Por rotura y reposición de hormigón, por vez, por m2…………………….$500,00
  • Por rotura y reposición de vereda, por vez, por m2……………………….$ 500,00

ARTICULO 4º: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos y  cumplido, archívese.-

DADA EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PUAN, EN SESIÓN DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES  A VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECIOCHO-  

Firmado: GRACIELA M. MONTEMUIÑO, Secretaria Legislativa. CARLOS LISANDRO. KOLLER, Presidente.