Boletines/Patagones
Ordenanza Nº 4762
Patagones, 07/05/2026
Visto y considerando
La nota presentada por la Institución Salesiana San Francisco Javier AC, solicitando la condonación de Tasas por Servicios Urbanos y Contribuciones por Obra, de los inmuebles 14.433 (Bahía San Blas) y 13.232 (Carmen de Patagones), y;
Que, la Institución Salesiana San Francisco Javier AC, es una entidad sin fines de lucro, dedicada a la educación y evangelización, que comprende Iglesias, Capillas, Centros Pastorales y Colegios de la Obra de Don Bosco.
Que, de fojas 7 a 12, obran Certificados de Informe de Deuda Total de los inmuebles identificados catastralmente como; Inmueble 14.433 (Bahía San Blas), Circunscripción 6, Sección E, Manzana 331, Parcela 2, e Inmueble 13.232, por los periodos comprendidos 2021 - 2025 (Carmen de Patagones), Circunscripción I, Sección E, Quinta 126, Manzana 126K, Parcela 13, por el periodo fiscal 2025.
Que, se estableció en la Fiscal Tributaria en su Artículo 88 bis inciso c, dicha exención.
Que, le corresponde al Honorable Concejo Deliberante, dictar la norma administrativa correspondiente.
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTICULO 1°; Condónese la deuda de Tasas por Servicios Urbanos y Contribuciones por Obra, a la Institución Salesiana San Francisco Javier AC, de los siguientes inmuebles; Inmueble 14.433 (Bahía San Blas), Circunscripción 6, Sección E, Manzana 331, Parcela 2, por los periodos fiscales comprendidos 2021 – 2025, prescribiendo los periodos fiscales 2011 – 2020 e Inmueble 13.232, (Carmen de Patagones), Circunscripción I, Sección E, Quinta 126, Manzana 126K, Parcela 13, por el periodo fiscal 2025, prescribiendo los periodos fiscales 2017-2018. -
ARTICULO 2°; El Departamento Ejecutivo, a través del área correspondiente, procederá a realizar las adecuaciones administrativas y contables necesarias para el cumplimiento de la presente. -
ARTICULO 3°: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación. -
AMILCAR RUBEN SAFE
PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante
Partido de Patagones
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, DEL PARTIDO DE PATAGONES EN LA 6° SESION ORDINARIA – 8° REUNION – PERIODO 2026 DEL DIA 06-05-2026. APROBADO POR UNANIMIDAD.