Boletines/Salto

Decreto Nº3103/25

Decreto Nº 3103/25

Salto, 09/12/2025

Visto

la presentación realizada por la Sra. Claudia Patricia Livio mediante Nota Registro Interno Nº2577/2023; y

Considerando

Que, mediante la misma plantea la necesidad de colocar luminarias en calle Bolívar entre Cerrito y Rondeau de esta ciudad;

Que, en tal sentido, la Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos solicitó presupuesto de materiales y mano de obra a la Cooperativa Ltda. de Consumo de Electricidad del Salto para la instalación de cuatro (4) columnas de acero 6mts. libres equipadas con luminarias Led 150w y el retiro de una (1)  suspensión en calle Bolívar entre Cerrito y Rondeau de nuestra ciudad, el que asciende a la suma de PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO CON 05/100 ($4.773.318,05 + I.V.A.);

Que, la Dirección de Compras informa que el presupuesto informado por materiales y mano de obra, se puede contratar en forma directa según lo establece el artículo 151º  de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Que, las áreas contables se han expedido en forma favorable respecto de la realización de la erogación en cuestión, la que asciende a la suma final de PESOS CINCO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CATORCE CON 84/100 ($5.775.714,84.-) I.V.A. incluido, destacando la necesidad de enmarcar la presente erogación en el marco del artículo 132º inc. c) de la Ley Orgánica de las Municipalidades y la Ordenanza Nº108/94;

Que, la Dirección de Asuntos Legales mediante Dictamen Nº2421/25 estima que se encontrarían reunidas las condiciones para efectuar la contratación directa para la obra solicitada en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 132º inc. c) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, correspondiendo la sanción del acto administrativo que ordene la contratación directa por la suma de PESOS CINCO PESOS CINCO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CATORCE CON 84/100 ($5.775.714,84.-) I.V.A. incluido;

Que el Honorable Concejo Deliberante delegó la facultad de autorizar la extensión del alumbrado público al Departamento Ejecutivo, mediante Ordenanza Nº108/94;

Por ello el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALTO, en uso de las atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Contratar en forma directa a la COOPERATIVA LTDA. DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DEL SALTO con domicilio en Av. Capitán Dardo Lafalce Nº296 de esta ciudad, por la suma de PESOS CINCO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CATORCE CON 84/100 ($5.775.714,84.-) I.V.A. incluido; para la instalación de cuatro (4) columnas de acero 6mts. libres equipadas con luminarias Led 150w y el retiro de una (1) suspensión en calle Bolívar entre Cerrito y Rondeau de nuestra ciudad, quedando la Dirección de Contaduría facultada a librar la correspondiente Orden de Pago en un todo de acuerdo con lo establecido en el artículo 132º inc. c) de la Ley Orgánica de las Municipalidades y con lo dispuesto por Ordenanza Nº108/94.-

ARTICULO 2º: Imputar la erogación autorizada en el artículo precedente con cargo a la Jurisdicción 1110107000 – Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos; Apertura Programática: 63.78.00 Instalación y Recambio de Luminarias – Salto y Localidades; Partida Parcial: 4.4.2: Construcción en bienes de dominio público; Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal del Presupuesto en vigencia.-

ARTICULO 3º: Comunicar a quien corresponda. Dar al Registro Oficial de Resoluciones y Decretos. Cumplido archivar.-