Boletines/Exaltación de la Cruz
Decreto Nº 400
Exaltación de la Cruz, 19/04/2018
Visto
La Ley Orgánica de las Municipalidades y los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ C/ CAPPARELLI MARIO AUGUSTOS/ APREMIO, EXPTE N° 45379”que tramitan ante el Juzgado de Paz Letrado de Exaltación de la Cruz; y
Considerando
Que mediante los autos mencionados tramita la ejecución fiscal de la Tasa de derecho de construcción adeudada por la Contribuyente;
Que como se desprende del escrito acompañado por mesa de Entrada con la Firma del Profesional autorizado Arq. Mauro Montes de Oca Mat. Conjuntamente con el particular, con fecha 23/09/2016, donde el Contribuyente Solicita la baja de los Derechos de Construcción determinados por el plano de Obra que conforman el Expediente Administrativo N°4036-50689;
Que habiendo concurrido con anterioridad al inicio del Juicio a la Oficina de Obras particulares y recaudaciones solicitando; y sin mediar Observación se procedió al inicio de proceso denunciado “ut supra”;
Que atento lo expuesto, Por oportunidad, mérito y conveniencia, a fin de evitar mayores inconvenientes económicos al contribuyente, siendo que no ha obtenido el Crédito Hipotecario PROCREAR, no siendo razonable el cobro de la Tasa de Derechos de Construcción de proyectos no desarrollables por cuestiones económicas del contribuyente, los cuales fueron denunciados en el presente cuerpo Administrativo, amerita una solución acorde a lo acontecido.
Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo;
POR ELLO:
En uso de las atribuciones que son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
EXALTACIÓN DE LA CRUZ
DECRETA
Artículo 1º |
Autorizase a la Apoderada Legal de la Municipalidad Dra. Marcela Valeria Noriega a desistir de la acción en los autos MUNICIPALIDAD DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ C/ CAPPARELLI MARIO AUGUSTOS/ APREMIO, EXPTE N° 45379” que tramitan ante el Juzgado de Paz Letrado de Exaltación de la Cruz, y solicitar el archivo de las actuaciones, reanudándose los plazos administrativos Otorgados.-
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Artículo 2º |
El presente Decreto será refrendado por los Señor Secretario en el Departamento de Coordinación General y Planificación.- |
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Artículo 3º |
Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. |
Adrian Daniel Sanchez- Intendente Municipal
Guillermo Cesar Flores - Secretario de Coordinación General y Planificación