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Ordenanza Nº1929/2026

Ordenanza Nº 1929/2026

Pellegrini, 23/04/2026

La Ordenanza Municipal N° 1635/2021 que crea la Zona Industrial sobre Ruta Nacional N° 5;

Las Resoluciones N° 447/21 y N° 0779/22 del Departamento Ejecutivo Municipal, mediante las cuales se establece el valor de venta de los lotes del corredor comercial y del sector industrial, ambos ubicados sobre la Ruta Nacional N° 5;

El Expediente Administrativo N° 4086-0079/2026 por el que tramita la solicitud de compra de la Sociedad Rural de Pellegrini; y,  

Que mediante Ordenanza N° 1635/2021 se crea la Zona Industrial sobre Ruta Nacional N° 5 fijándose allí los procedimientos y requisitos a cumplimentar por todos aquellos interesados en instalarse allí;

Que la Resolución N° 447/21, de fecha 11 de junio de 2021, estableció el valor de los lotes comerciales e industriales de las zonas citadas, cuya relación en el mercado en dólares estadounidenses dio como resultado para los lotes comerciales la cantidad de dólares treinta y dos mil (U$S 32.000) y la cantidad de dólares veinticinco mil (U$S 25.000) para los lotes industriales;

Que aplicando lo mencionado ut-supra, el valor actual en pesos del terreno objeto de la compraventa que nos ocupa es de pesos treinta y seis millones novecientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta ($ 36.943.750,00), que se extrae de multiplicar el valor del terreno en dólares por el valor en pesos del Dólar Contado con Liquidación (U$S 25.000 x $ 1.477,75 = $36.943.750,00), suma que, de abonarse al contado posee el descuento del  diez por ciento (10%) y de abonarse en cuotas se le aplicará la actualización que fija la última parte del segundo párrafo del Inciso B.5 del Artículo 12° de la Ordenanza N° 1635/2021;

Que la Sociedad Rural de Pellegrini ha solicitado la adquisición del lote I35 de la Zona Industrial, para la instalación de servicios de logística y distribución;

Que se han expedido favorablemente las Áreas de Producción, Contaduría, Obras Públicas y el Consejo Local Económico y Social, en cumplimiento del procedimiento dispuesto por este Cuerpo en Ordenanza N° 1635/2021;

Que teniendo en cuenta lo dispuesto por el Inciso "c" del Artículo 10° de la Ordenanza N° 1635/2021 y lo previsto en el Artículo 159° de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Por ello:

 

ORDENANZA

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL DISTRITO DE PELLEGRINI,                         

sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA N° 1929/2026

ARTÍCULO 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a proceder a la venta a favor de la Sociedad Rural de Pellegrini, CUIT 30-56763553-4, con domicilio en Hipólito Yrigoyen N° 445  de la localidad de Pellegrini, de un lote Industrial ubicado en la Zona Industrial sobre Ruta Nacional N° 5, identificado como lote I35 del croquis obrante, en la suma de pesos treinta y seis millones novecientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta ($ 36.943.750,00) en las condiciones fijadas por la Ordenanza N° 1635/2021, con destino a la instalación de servicios de logística y distribución.

ARTÍCULO 2°: La Sociedad Rural de Pellegrini, CUIT 30-56763553-4, se compromete a cumplir en un todo con la reglamentación vigente de la Zona Industrial sobre Ruta Nacional N° 5.

ARTÍCULO 3°: El Departamento Ejecutivo deberá formalizar el pertinente contrato, cubrir la responsabilidad del Municipio, insertando las cláusulas y garantías que legalmente correspondan.

ARTÍCULO 4°: Comuníquese, dése razón al Departamento Ejecutivo, insértese en el Registro Oficial y cumplido, archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL DISTRITO DE PELLEGRINI, A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS.