Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº0151/26

Decreto Nº 0151/26

Coronel Pringles, 23/01/2026

Visto

el Expediente N° 2.445/25 -Alcance 02- iniciado por la Directora de Obras e Infraestructura Arq. María Belén Lucarelli; y

Considerando

Que mediante el mismo solicita la contratación de mano de obra, equipos y herramientas para la construcción de 1.269 metros de Cordón Cuneta, 12 Curvas con Plateas, 3 Badenes y 6 Sumideros en Solar Este, con un plazo de ejecución aproximado de 180 días y un Presupuesto Oficial de $17.209.500,00, otorgando un anticipo financiero del 10% del monto total;

Que por lo expuesto se llama a Concurso de Precios N° 04/26 por la “Mano de Obra Construcción Cordón Cuneta -Solar Este”-, con un Presupuesto Oficial de $17.209.500,00, fijando el día 05 de febrero de 2026 la apertura de propuestas a la hora 11:00, en la Oficina de Compras del Municipio;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPA

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones del Concurso de Precios N° 04/26 por la “Mano de Obra Construcción Cordón Cuneta -Solar Este”, por la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES DOSCIENTOS NUEVE MIL QUINIENTOS  ($17.209.500,00).

ARTICULO 2°: Llámese a Concurso de Precios N° 04/26 por la Mano de Obra Construcción Cordón Cuneta -Solar Este, Presupuesto Oficial de PESOS DIECISIETE MILLONES DOSCIENTOS NUEVE MIL QUINIENTOS  ($17.209.500,00), fijando el día 05 de febrero de 2026 la apertura de propuestas a la hora 11,00, en la Oficina de Compras del Municipio.  

ARTICULO 3°: El gasto antes mencionado se atenderá por Jurisdicción 1110125000 “Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos”, Categoría Programática 28.75.00 “Cordón Cuneta Solar Este”, Partida 4.2.2.0  “Construcciones en Bienes de Dominio Público”, Fuente de Financiamiento 131, “Tesoro Municipal”. Recurso 12.9.19.00 “Fondo para Obras y Servicios (FOPOS), otorgando un anticipo financiero del 10% del monto total.

ARTICULO 4°: La Oficina de Compras cursará las invitaciones a las casas del ramo inscriptas en el Registro de Proveedores municipal.

ARTICULO 5°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 0151/26.