Boletines/Pilar
Ordenanza Nº 293/18
Pilar, 13/09/2018
REFERENCIA: EXPEDIENTE N° 3647/17 - 472/18
El expediente de referencia, mediante el cual la Sociedad de Fomento Los Tambos solicita la entrega de un precio municipal para fines benéficos, identificado catastralmente como Circunscripción: V; Sección: F; Quinta: 24; Parcela: 3, ubicado en la calle El Matrero 2281, entre La Sortija y El Facón, de la Localidad de Pilar, Partido Del Pilar, y
Que en marzo de 2017 la Comisión Directiva de la “Sociedad de Fomento Barrio Los Tambos” inicia expediente municipal manifestando la necesidad de contar con un terreno para construir su sede social;
Que la “Sociedad de Fomento Barrio Los Tambos” se encuentra reconocida como entidad de bien público con domicilio en la El Rebeldón sin, Localidad de Pilar, mediante decreto nro. 431/12;
Que a fs. 11 la Dirección de Relaciones Institucionales deja constancia de que la Sociedad de Fomento Barrio Los Tambos realiza una serie de actividades tendientes a generar espacios de encuentro e intercambio entre los vecinos del Barrio, como ser talleres, ayuda escolar, actividades deportivas y artísticas, como así también vela por el mejoramiento de la infraestructura barrial y la accesibilidad a la atención primaria a la salud;
Que a fs. 13/14 interviene la Dirección General de Catastro acompañando reporte de catastro de donde surge que el titular registral del inmueble es la Municipalidad Del Pilar y pertenece al dominio privado;
Que siendo la tierra un recurso agotable, resulta necesaria su utilización de manera estratégica, maximizando su rendimiento de manera de determinar su uso lo más eficientemente posible, dando respuesta a las necesidades de toda la comunidad, en definitiva resolviendo en pos del bien común, principal rol del Estado;
Que se visualiza que estratégicamente resultará beneficioso pensar el lugar como la sede social de la Sociedad de Fomento del Barrio El Tambo;
Que ha tomado la debida intervención la Dirección General de Dictámenes y Asesoramiento;
Por todo ello, este HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus facultades, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ORDENANZA
Artículo 1°: Otórguese la concesión de uso con tenencia precaria a la Sociedad de Fomento Barrio Los Tambos del inmueble denominado catastralmente como: Circunscripción: V; Sección: F; Código: 2; Quinta: 24; Parcela: 3, con una superficie de 6.839,95 metros cuadrados, ubicado sobre la calle El Matrero 2281, entre La Sortija y El Facón, de la Localidad de Pilar, Partido Del Pilar.
Artículo 2°: La presente concesión de uso con tenencia precaria se realiza para uso exclusivo — sede social-, con el objeto de destinar el predio a funciones sociales. La tenencia será siempre precaria y revocable en cualquier tiempo, sea por abandono o descuido del predio, cambio de destino, cesión, pérdida material de la tenencia por la acción de intrusos, abandono, daño deliberado en el bien por acción u omisión del beneficiario, hechos que en forma potencial o efectiva tiendan a disminuir su valor y por disolución de la entidad concesionaria y por incumplimiento de las obligaciones estipuladas en la Ordenanza 150/2003.
Artículo 3°: La concesión de uso con tenencia precaria se otorga por un plazo de cinco (5) años computables desde la fecha de la promulgación de la presente Ordenanza, de conformidad con lo establecido por el art.28 del Decreto Ley 9533/80.
Artículo 4°: La entidad ocupa el predio en el estado en que se encuentra, siendo a su cargo y responsabilidad las acciones que se desarrollen sobre el mismo.
Artículo 5°: Pase a D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 13 de septiembre de 2018.
Promulgada por decreto nº 3102/18.