Boletines/Salliquelo
Decreto Nº 299
Salliquelo, 05/05/2026
Visto
La licencia por razones de salud, solicitada por el Dr. Luis Carbone, quien se desempeña como Juez de Faltas Municipal en el Distrito de Salliqueló; y
Considerando
Que mediante la Ordenanza N° 1628/15 se creó el Juzgado Municipal de Faltas del Partido de Salliqueló, estableciendo su competencia, funcionamiento y régimen jurídico, conforme a lo previsto en el Decreto Ley N° 8751/77;
Que el Juzgado de Faltas constituye un órgano esencial para el ejercicio de la función jurisdiccional municipal, garantizando el juzgamiento imparcial de las infracciones a las normas municipales, provinciales y nacionales cuya aplicación corresponde al Municipio;
Que el Dr. Luis Carbone, Juez de Faltas titular, se encuentra actualmente haciendo uso de licencia por razones de salud, circunstancia que le impide ejercer regularmente las funciones inherentes a su cargo;
Que ante dicha situación, y a fin de asegurar la continuidad institucional del Juzgado, se dispuso oportunamente la designación de la Dra. Eliana Alonso como reemplazante transitoria, quien actualmente se encuentra haciendo uso de licencia médica;
Que el artículo 9° de la Ordenanza N° 1628/15 establece expresamente que, durante las licencias por enfermedad, el Juez de Faltas será sustituido por el Sr. Intendente Municipal o por el funcionario “ad-hoc” que éste designe, siempre que reúna los requisitos exigidos por la normativa vigente;
Que, en consecuencia, corresponde proceder a una nueva designación transitoria, a fin de evitar la paralización de las actuaciones administrativas y jurisdiccionales del Juzgado de Faltas y garantizar la continuidad del servicio de justicia administrativa local;
Que deberá designarse a un/a profesional que reúna los requisitos establecidos en el artículo 4° de la Ordenanza N° 1628/15, en carácter excepcional y transitorio, mientras subsistan las licencias mencionadas;
Que, asimismo, corresponde dejar expresamente establecido que, en caso de producirse la vacancia definitiva del cargo de Juez de Faltas por renuncia, cese o cualquier otra causal legal del titular, el Departamento Ejecutivo deberá proceder a una nueva designación conforme la normativa vigente;
Que el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Decreto Ley N° 8751/77 y la Ordenanza N° 1628/15;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Desígnese como funcionario a cargo del Juzgado de Faltas Municipal a la Abog. Micaela Ugarte, D.N.I. Nº 40.021.401, matriculada al Tº VII Folio 208 del Colegio de Abogados del Departamento Judicial Trenque Lauquen, desde el día 04/05 hasta el día 02/06/2.026 inclusive.-
ARTÍCULO 2º: La designación dispuesta en el artículo precedente tendrá carácter estrictamente transitorio y revocable, y se extenderá exclusivamente durante el período en que subsistan las circunstancias mencionadas en los considerandos que anteceden, sin generar derecho alguno a estabilidad en el cargo.
ARTÍCULO 3º: Establézcase que, en caso de producirse la vacancia definitiva del cargo de Juez de Faltas por renuncia, cese o cualquier otra causal legal del titular, el Departamento Ejecutivo procederá a realizar una nueva designación conforme a la normativa vigente.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese a las áreas administrativas correspondientes, notifíquese a la interesada y tómese razón por la Secretaría que corresponda.
ARTÍCULO 5º: Regístrese, publíquese y archívese.
Fdo: Ariel H. Succurro
Intendente Municipal
Thiago García Blanco
Srio. De Hacienda