Boletines/Mercedes

Decreto Nº579/2026

Decreto Nº 579/2026

Mercedes, 23/04/2026

Visto

       El expediente administrativoNº 4075-478/2019Alc. 5caratulado “Dirección de Tierras y Hábitat – Escrituración Social Ley 10.830 respecto del inmueble identificado con Nom. Cat.: Circ. II, Secc. B, Ch. 160,Mz. 160AF, Pa.10, partida inmobiliaria 40.885– Clara Paola Marcela” y;

Considerando

                   Que la regularización dominial se caracteriza por su carácter de interés social derivado de la situación económica de las familias que se hallan encuadradas en las previsiones de la Ley 10.830, arts. 2º y 4º inc. D, teniendo el municipio especial interés en regularizar las viviendas sitas en terrenos municipales;

                   Que, en el marco del Decreto N° 981, Folio N° 1224/1227, Libro N° 52 de fecha 29 de junio de 2018, se declara el “Plan de escrituración de dominios irregulares”, el cual considera beneficiarios a quienes al momento de efectuarse el censo se encontraren habitando el inmueble, cuyo destino principal es el de casa y/o habitación única y permanente, ocupación pública, pacífica y continua;

                   Que, en consecuencia, a través de la Ordenanza N° 9757 del año 2025 se autoriza al Departamento Ejecutivo a disponer del inmueble identificado con Nomenclatura Catastral:Circ. II, Secc. B, Ch. 160, Mz. 160AF, Pa. 10, partida inmobiliaria 40.885;

                   Que el día 08 de abril del año 2026, se presenta ante esta Dirección de Tierras y Hábitat la Sra. Clara Paola Marcela, donde suscribemediante Declaración Jurada que habitan el inmueblecon Nomenclatura Catastral:Circ. II, Secc. B, Ch. 160, Mz. 160AF, Pa. 10, partida inmobiliaria 40.885 con destino de vivienda única, familiary permanente, de forma pacífica e ininterrumpida desde el año 2017;

                   Que en razón de cumplir con la efectiva regularización dominial y poder realizar el acto administrativo pertinente se efectúauna donación entre la Municipalidad de Mercedes y la Sra. Clara Paola Marcela;

                    Que resulta imprescindible otorgar a los adjudicatarios seguridad jurídica respecto a la titularidad del dominio sobre el bien adquirido;

     El SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias,

DECRETA

ARTÍCULO1º.-Adjudíquese de forma definitiva el inmueble identificado con Nomenclatura Catastral: Circ. II, Secc. B, Ch. 160, Mz. 160AF, Pa. 10, partida inmobiliaria 40.885 a favor de la Sra.Clara Paola Marcela, DNI: 29.623.928 en los términos del Decreto N° 981/18.-

ARTÍCULO 2º.-Declárese de Interés Social la donación y escrituración del inmuebleidentificado con Nomenclatura Catastral: Circ. II, Secc. B, Ch. 160, Mz. 160AF, Pa. 10, partida inmobiliaria 40.885.-

ARTÍCULO 3°. -Requiérase la intervención de Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de los actos notariales correspondientes, a favor de la Sra. Clara Paola Marcela, DNI: 29.623.928, conforme a lo previsto por los arts. 2° y 4° inc. D de la Ley 10.830.-

ARTÍCULO 4°. -Regístrese. Comuníquese a la Dirección de Tierras y Hábitat de esta Municipalidad.Dése al Digesto General. Fecho archívese. –