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Decreto Nº564/2026

Decreto Nº 564/2026

Mercedes, 21/04/2026

Visto

             Lo dispuesto por Decreto N° 2392,Folios 3291/3297,Libro N° 59 del expediente GDE2025-00086506 y la nota presentada por la Asociación Cooperadora de la Escuela Primaria N° 19 “Fray Mamerto Esquiú” con fecha 23 de febrero de 2026; y

Considerando

Que por el decreto mencionado se otorgó a la E.P. N° 19 un subsidio de $4.600.000,00 para el proyecto de “Aberturas y materiales de corralón”.

Que la Cooperadora informa que, ante el incremento de costos, han decidido reformular la inversión hacia el "Proyecto de Embellecimiento Integral" (pintura y mano de obra), cuyo presupuesto total asciende a $4.765.928,02.

Que la institución manifiesta que la diferencia económica de $165.928,02 será afrontada con fondos propios generados por la Asociación Cooperadora, solicitando únicamente la autorización para reasignar el subsidio municipal ya otorgado.

Que la Secretaría de Educación valida este cambio de destino por considerarlo beneficioso para la comunidad educativa.

Por ello, el Señor INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.-Autorízase-a pedido de la entidad beneficiaria, con la conformidad de la autoridad de aplicación (Secretaría de Educación)y sin que ello implique alterar su monto-el cambio de destino del subsidio otorgado mediante Decreto N°2392/2025 a la Cooperadora de la Escuela Pública de nuestro partido N°19,-en principio-para el Proyecto “Aberturas y Materiales de Corralón; por el de la finalidad “Proyecto de Embellecimiento Integral”, que comprende mano de obra y materiales para pintura; modificándose, por ende, el Anexo I del mencionado acto administrativo en su ítem N°24, que queda expuesto de la siguiente manera :

GDE

INSTITUCIÓN

REPRESENTANTE DE LA ASOCIACIÓN COOPERADORA

D.N.I.

PROYECTO

MONTO

2025-00086506

Escuela Primaria N°19

Presidenta: PEINADO,Nadia Lorena

29.328.652

Mano de obra y materiales para pintura

$4.600.000,00

 

ARTÍCULO 2º.-Déjase constancia que el excedente presupuestario para completar la obra será cubierto íntegramente por la Asociación Cooperadora beneficiaria, sin representar una mayor erogación para el erario municipal.

ARTÍCULO 3º.- La entidad deberá presentar la rendición de cuentas por el monto total del subsidio municipal ($4.600.000,00) en el plazo establecido en la normativa original.

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese. Cumplido, archívese.