Boletines/Mercedes

Decreto Nº466/2026

Decreto Nº 466/2026

Mercedes, 08/04/2026

Visto

  Las presentes actuaciones obrantes en el expediente Nº 4041/26 caratulado “PETRO- GIL S.R.L” S/ HABILITACION DE TRANSPORTE ESCOLAR AÑO 2026”.         

Considerando

            Que conforme Decreto Ley 16.378/57, Decreto 6864/58 y Resolución 122/18 de la Subsecretaria de Transporte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Prov. De Bs As, este Municipio se encuentra facultado a otorgar licenciamientos a servicios de transporte escolar que no exceda la jurisdicción del partido, previa celebración de convenio.

   Por ello el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias.

DECRETA

Artículo 1º: Otórguese licencia a PETRO- GIL S.R.L con domicilio en calle 25 Nº 1119; CUIT: 30-71608120-2 de este partido, para prestar servicio de transporte escolar con los siguientes vehículos:

MARCA: MERCEDES BENZ MODELO: BMO 384 VERSION 1418/52 CM AÑO: 2008     DOMINIO: HOG158

MARCA: MERCEDES BENZ MODELO: OF- 1418    AÑO: 2007      DOMINIO: GJC997

MARCA: MERCEDES BENZ   MODELO: OF- 1417 AÑO: 2006      DOMINIO: GEI155

MARCA: MERCEDES BENZ MODELO: OF-1417     AÑO: 2006      DOMINIO: FSM172

Artículo 2º. Autorizase como conductores para realizar Transporte Escolar en los vehículos detallados:

 

  1. DE MARCO, CARLOS I.   DNI: 28.479.196 con domicilio en calle 29 N° 1431.
  2. DEFELIPPE, CARLOS A. DNI: 11.573.674 con domicilio en calle 510 Y 507 S/N AGOTE
  3. PALERMO, JOSE L.           DNI: 11.923.803 con domicilio en calle 8 N° 1518.
  4. GIL, ALBERTO B.              DNI: 14.435.840 con domicilio en calle 25 N° 1119.
  5. GIL, LUIS A.                        DNI: 34.991.714 con domicilio en calle 25 N° 1119.

Artículo 3º: En caso de transportar mas de 20 niños de Jardín de Infantes o en edad escolar deberá contar con el respectivo acompañante, en cumplimiento del Art. 13 de la Ordenanza Nº 3462/87.-

Artículo 4º.- Hágase saber al titular que deberá comunicar cualquier modificación del presente en el término de 48 hs a la Secretaria de Seguridad.

Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese a la Secretaria de Gobierno. Hágase saber a la firma recurrente, mediante copia del presente Decreto. Dése al Digesto General. Cumplido, archívese.-