Boletines/Villarino
Decreto Nº 458
Villarino, 08/05/2026
DECFC-2026-458-MUNIVLLRN-INT
Visto
el EX-2026-00072846- -MUNIVLLRN-SDS: Caratulado “perfiles para el puesto de Psicóloga Social”,
y;
Considerando
Que mediante IF-2026-00075170-MUNIVLLRN-SCPCGM, la Sra. Secretaria de Desarrollo Social Interina, Luciana
Semper, solicita la incorporación de personal Mensualizado, para para desempeñarse como Psicóloga Social en el
Servicio Local de la localidad de Mayor Buratovich.
Que se selecciona a la Sra. Eliana Magali Agis, DNI. 28.219.393 de la localidad de Mayor Buratovich.para cumplir
funciones como psicóloga, y
Que se deberá adicionar el plus del 10 % por mayor responsabilidad, atento que su prestación de servicios requiere la
realización de guardias en el Servicio Local, y
Que de acuerdo a lo normado en el artículo 111º de la Ley 14.656, el cual establece que “Personal temporario,
mensualizado o jornalizado: son aquellos trabajadores necesarios para la ejecución de servicios, explotaciones,
obras o tareas de carácter temporario o eventual o estacional, que no pueden ser realizados con el personal de la
administración municipal diferenciándose entre sí por la forma de retribución, por mes o por jornal….” y,
Que la contratación se realiza bajo los términos de lo normado por el art. 70 in fine Ley 14.656; es decir, que la
misma podrá ser dejada sin efecto en cualquier momento por parte del Departamento Ejecutivo Municipal, sin que
dicho acto genere derecho indemnizatorio y/o resarcitorio alguno. A sus efectos se transcribe el referido artículo, que
en su parte pertinente, dispone: “Art.70: El personal alcanzado por el presente régimen se clasificará en: (…) 2.
Personal Temporario: (…) Los trabajadores así contratados cesan en sus funciones en forma simultánea con la
persona que detenta el cargo electivo y cuyo gabinete integral y su designación puede ser cancelada en cualquier
momento”, y
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo nº 4º del Decreto nº 0007/16, el cual establece que “se podrá abonar el
Adicional por Mayor Responsabilidad a los agentes que tengan a cargo tareas de responsabilidad con personal a
cargo, o que coordinen áreas o actividades exclusivas mientras que dure su función. El adicional por mayor
responsabilidad será de carácter remunerativo y se podrá abonar en un porcentaje del sueldo básico que varía entre
un DIEZ (10) A UN VEINTE (20) POR CIENTO” y
Que habiendo realizado un análisis de la documentación acompañada en el expediente mencionado ut-supra, la
Dirección de Recursos Humanos informa que se encuentra cumpliendo los requisitos dispuestos para su designación,
y
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES
ARTICULO 1º. Designar a la Srta. Eliana Magali Agis, DNI. 28.219.393, legajo nº 3698, clase 26.06.1980, como
Psicóloga, Agrupamiento 20, Personal Mensualizado, Categoría 9, Cargo 1, régimen de cuarenta (40) hs. semanales
de labor, JURISDICCION 1110117000, SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, Categoría Programática
01.00.00, a contar de la firma del decreto habilitante y hasta el 31.08.2026 inclusive, por los motivos enunciados utsupra.-
ARTICULO 2º. Por la Oficina de Liquidación de Sueldos abónese al agente informado en el artículo 1º el importe
correspondiente al diez por ciento (10%) del sueldo básico de revista, en concepto de “Mayor Responsabilidad”, de
acuerdo a lo establecido en el Artículo n° 4 del Decreto nº 0007/2016, a contar del día de la firma del Decreto
habilitante.-
ARTICULO 3º. El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la jurisdicción y categoría
programática informada en el artículo 1º.-
ARTICULO 4º. Registrar, comunicar. Dar al R.O., cumplido archivar.