Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0083/26
Coronel Pringles, 15/01/2026
Visto
el Expediente Nº 0007/2026 caratulado “PEREYRA NATALIA, INFORME PERSONAL”,
Considerando
Que mediante el mismo informa sobre la falta cometida por la trabajadora Suárez Cintia, D.N.I. Nº 34.381.386, Legajo Nº 5616, quien desempeñaba tareas en UDI Cajita de Cristal, dependiente de Acción Social;
Que dicha agente tuvo inasistencias injustificadas a su lugar de trabajo;
Que se le cursó notificación en su domicilio real, comunicado por la agente (Art. 106º inc. k) CCT, Art. 103º inc. k) Ley Nº 14.656), con intimación a que se presente en su lugar laboral en el plazo de veinticuatro horas, (1) día hábil, bajo apercibimiento de cesantía, conforme lo establece el Art. 108º de la Ley Nº 14.656 (Art. 111º del CCT);
Que ha dejado de prestar tareas en forma consecutiva desde el 18/12/2025, que las inasistencias fueron reiteradas, consecutivas y sin justificar;
Que la agente fue debidamente citada a comparecer en el término legal de (1) un día hábil bajo apercibimiento de cesantía (fs. 3). Que debidamente intimada, no se presenta a trabajar conforme surge del mail del Director de Acción Social, (fs. 6);
Que, con los antecedentes obrantes: nota de fs.1, planillas biométricas de fs.5, dictamen con pedido de informes y respuesta de fs. 7, y cédula de notificación de fs. 3, junto a los antecedentes de la misma índole, registrado bajo Resolución Nº 95/25 y Nº 120/25, no habiéndose presentado a prestar tareas en su área el día 8/01/2026, conforme se lo intima, debe considerársela incurso en abandono de trabajo;
Que según surge de la respuesta de la Directora de Recursos Humanos de fs. 7, el agente tampoco justificó en oficina de Personal sus inasistencias de manera alguna;
Que por lo expuesto la Asesoría Legal dictamina que corresponde dejar cesante a la agente Suárez Cintia, D.N.I. Nº 34.381.386, Legajo Nº 5616, por la causal abandono de trabajo sin causa justificada (Art. 108º primer párrafo Ley Nº 14.656, Art. 111º CCT);
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: Déjese CESANTE en sus funciones a la agente SUÁREZ CINTIA, D.N.I. Nº 34.381.386, Legajo Nº 5616, por la causal abandono de trabajo sin causa justificada (Art. 108º primer párrafo Ley Nº 14.656, Art. 111º CCT), de acuerdo a lo expuesto en el exordio del presente.
ARTÍCULO 2°: Notifíquese de todo lo actuado en el presente.
ARTÍCULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL Nº 0083/26.