Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº0691/26

Decreto Nº 0691/26

Mar Chiquita, 08/04/2026

Visto

La comunicación cursada por el Honorable Concejo Deliberante por la que se pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo la sanción de la Ordenanza Nº 016/2026; y

Considerando

Que dicha Ordenanza fue comunicada al D.E. el día de la fecha;

Que por la misma se aprueba la solicitud de excepción a la zonificación presentada por el Sr. Elizalde Carlos Federico para la instalación de taller mecánico en la calle Santa Paula N°973, de la localidad de Parque Lago;

Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del D.E. la promulgación de Ordenanzas;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

D E C R E T A

ARTICULO 1°: PROMULGUESE, la Ordenanza Municipal Nº 016/2026, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 08/04/2026, cuya copia, como anexo, forman parte del presente Decreto. 

ARTICULO 2º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio.

ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, a quien corresponda y dése al Registro Oficial. 

ORDENANZA

VISTO

La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto 6769/58;
La nota presentada por el Sr. Elizalde, Carlos Federico solicitando excepción al uso de suelo para funcionamiento de taller mecánico en calle Santa Paula 973 de la localidad de Parque Lago, y;


CONSIDERANDO

Que, de acuerdo a lo expresado en la misma, dicho emprendimiento surgió como una necesidad laboral personal y familiar, pero con el tiempo se convirtió en una r4espuesta a una dinámica barrial, ya que en la zona no existía un servicio mecánico cercano y accesible;

Que de esta manera el taller no solo constituye su sustento principal sino también un servicio a la comunidad;

Que el mismo funciona dentro de su vivienda familiar, en forma organizada y responsable cumpliendo con todas las condiciones exigidas en materia de seguridad, higiene y normativas vigentes para su habilitación, sin generar impactos negativos en el ambiente;

Que, su intención es regularizar la situación, trabajar dentro del marco legal y continuar desarrollando esta actividad, aportando al sustento de su familia y al movimiento económico local;

Que, si bien el Código de Ordenamiento Territorial vigente, de antigua data, no admite en la zona donde se emplaza el inmueble, la instalación del rubro solicitado, se considera que este no refleja adecuadamente las dinámicas sociales, económicas y productivas actuales del distrito;

Que, en este sentido, es posible que determinadas actividades que hoy resultan necesaria para la comunidad, debido al crecimiento poblacional que ha sufrido la zona, no hayan sido contempladas en la normativa vigente;

Que, teniendo en cuenta las características del emprendimiento y siendo potestad de este cuerpo evaluarla situación en función de criterios de oportunidad, conveniencia y actualización normativa, considerando el contexto territorial y las necesidades locales;

POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAR CHIQUITA EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: APRUEBESE la solicitud de excepción a la zonificación en la localidad de Parque Lago, cito en calle Santa Paula 973, para la instalación de taller mecánico del sr. Elizalde, Carlos Federico.

ARTICULO 2°: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo a sus efectos, regístrese, publíquese y cumplido archívese. 

ORDENANZAN° 016
Dada en el recinto del Honorable Concejo Deliberante a los 8 días del mes de abril del año 2026.