Boletines/Bragado

Ordenanza Nº5782

Ordenanza Nº 5782

Bragado, 10/04/2026

VISTO: Los Convenios celebrados entre los médicos anestesistas LUCIANO ARIEL FUSCHETTO, MARIA INES DOMINGUEZ, CURUTCHET PABLO NICOLAS y MANTEROLA NUÑEZ GUADALUPE; y la MUNICIPALIDAD DE BRAGADO, representada por el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, Dn. SERGIO JUAN BARENGHI; y CONSIDERANDO: Que, la celebración de los Convenios mencionados tiene por objeto la contratación de servicios médicos de anestesia, analgesia y reanimación durante las 24 horas del día; Que, dichos servicios serán prestados por los Médicos Anestesistas en el Hospital Municipal San Luis de acuerdo a las necesidades que se establezcan; Que, el Municipio abonará a los Médicos Anestesistas una suma de acuerdo a la facturación mensual que presenten cada uno de los médicos anestesiólogos, conforme los valores detallados en la cláusula séptima del Convenio; Que, las modalidades prestacionales se han establecido en unidades asistenciales programadas y unidades asistenciales de urgencia o guardia; Que, por las unidades asistenciales programadas la Municipalidad de Bragado abonará por práctica conforme el nomenclador de la AADOB (Asociación de Anestesiología y Dolor del Oeste Bonaerense): MB-MD-ME-MF-MI: la suma de Pesos Ciento Sesenta y Siete Mil Ochocientos ($167.800) por todo el plazo del contrato; por las prácticas EA-EB-EC: la suma de Pesos Doscientos Treinta y Cuatro Mil Ochocientos ($234.800); por las prácticas ED-EE-EF: la suma de Pesos Trescientos Un Mil Seiscientos ($301.600); por las prácticas G-H-I: la suma de Pesos Cuatrocientos Quince Mil ($415.000); por las prácticas de Anestesias Pediátricas y Neurocirugías: la suma de Pesos Trescientos Sesenta y Siete Mil Trescientos ($367.300); Que, por las unidades asistenciales de urgencia o guardias el Municipio abonará los días lunes a viernes en la suma de Pesos Setecientos Noventa y Dos Mil Quinientos ($792.500) por todo el contrato; y los días sábados, domingos y feriados en la suma de Pesos Un Millón Ochenta y Cinco Mil ($1.085.000); Que, asimismo la Municipalidad se compromete a proveer los insumos necesarios previstos en la cláusula novena del Contrato, para que los profesionales médicos anestesistas puedan llevar a cabo su labor; Que, el plazo de vigencia de los mencionados Convenios es por tres (3) meses, desde el día 01 de Enero de 2026 y hasta el día 31 de Marzo de 2026; pudiendo ser resueltos sin expresión de causa por cualquiera de las partes mediante notificación fehaciente. Queda reservada la facultad del Municipio de rescindir parcialmente los convenios con respecto a alguno de los profesionales médicos; POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA N°5782/26

ORDENANZA

ARTICULO 1º. CONVALIDAR los Convenios celebrados entre la MUNICIPALIDAD DE BRAGADO y los Profesionales Médicos Anestesistas, Dres. LUCIANO ARIEL FUSCHETTO, MARIA INES DOMINGUEZ, CURUTCHET PABLO NICOLAS y MANTEROLA NUÑEZ GUADALUPE, con fecha 01 de Enero de 2026, con vigencia por Tres (3) meses. Dichos convenios tienen por objeto la contratación de la totalidad de los servicios médicos de anestesia, analgesia y reanimación a prestarse durante las 24 horas del día que se realizan en el Hospital Municipal San Luis de Bragado. ARTÍCULO 2º.- CÚMPLASE, COMUNÍQUESE, REGISTRESE Y ARCHÍVESE.