Boletines/General Paz

Decreto Nº348/2026

Decreto Nº 348/2026

Publicado en versión extractada

General Paz, 20/03/2026

VISTO:

Los incrementos salariales otorgados al personal adherido a la Ley 10.471 Carrera Médica Hospitalaria y la imposibilidad de otorgarlos en tiempo y forma y que fueron aplicados de acuerdo a la disponibilidad económica de la Municipalidad de General Paz, y;

CONSIDERANDO:  

Que corresponde abonar la retroactividad correspondiente a los incrementos salariales otorgados por la provincia de Buenos Aires, a partir de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2024;

Que por Ordenanza Nº 28/90 se dispone la adhesión de la Municipalidad de General Paz a la la Ley 10.471 Carrera Médica Hospitalaria;

Por ello el Intendente Municipal de General paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades:

DECRETA:

ARTICULO 1º: Abónese al personal comprendido en la ley 10.471, Carrera Médica Hospitalaria, la retroactividad correspondiente a los incrementos salariales de los meses de ENERO, FEBRERO, MARZO, ABRIL, MAYO, JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE, OCTUBRE y NOVIEMBRE de 2024, y efectivizados mediante los siguientes decretos municipales:

  • abril de 2024, decreto Nº 445,
  • mayo de 2024, decreto Nº 539,
  • julio de 2024, decreto Nº 757,
  • agosto de 2024, decreto Nº 831,
  • septiembre de 2024, decreto Nº 1050,
  • octubre de 2024, decreto Nº 1131,
  • noviembre de 2024, decreto Nº 1213,
  • diciembre de 2024, decreto Nº 1279 y
  • enero de 2025, decreto Nº 163 (aplicación de los aumentos de octubre y noviembre).

La retroactividad se detallada en el ANEXO I. 

ARTICULO 2º: El total de la deuda se abonará en 18 (dieciocho) cuotas iguales y consecutivas, exceptuando los meses junio y diciembre, comenzando en el mes de marzo de 2026. 

ARTICULO 3º: Los profesionales que se encuentran con licencia sin goce de haberes, percibirán sus respectivas cuotas una vez que culmine dicha licencia. 

ARTICULO 4º: Regístrese, comuníquese, a la Dirección del Hospital Campomar, tome conocimiento Oficina de Contaduría, Dirección de Personal, elévese oportunamente al Honorable Tribunal de Cuentas y archívese.

*Solicitar Anexo al Departamento Ejecutivo