Boletines/General Paz

Decreto Nº332/2026

Decreto Nº 332/2026

Publicado en versión extractada

General Paz, 11/03/2026

VISTO:

La demanda emergente que presentan los jóvenes del Distrito con respecto a la implementación del Boleto Estudiantil, y;

CONSIDERANDO:

Que si nos remontamos al 16 de septiembre de 1976 donde ocurrió uno de los sucesos más dramáticos de la represión vivida en aquellos años, "La Noche de los Lápices", cuando son secuestrados de los domicilios donde dormían los estudiantes secundarios y militantes de la Unión de Estudiantes Secundarios (UES), que habían reclamado en 1975, ante el Ministerio de Obras Públicas, el otorgamiento del boleto estudiantil secundario, entre muchas otras reivindicaciones, recordamos que los desaparecidos llegaron a 250, entre 13 y 18 años, y la mayoría eran estudiantes de escuelas secundarias.

Que, en nuestro Distrito el acceso a la educación Secundaria se encuentra garantizada por cuestiones obvias de cercanías, no siendo de igual forma para quienes deciden afrontar luego, carreras técnicas y/o Universitarias fuera del Distrito,

Que, familias y jóvenes han presentado la inquietud, en ciertas oportunidades, de los costos que conlleva viajar a localidades o Ciudades vecinas para llevar adelante sus estudios superiores, 

Que, el municipio considera que implementar el Boleto Estudiantil, como Política Pública, es aportar al futuro profesional de quienes desean y deciden encaminarse en carreras Universitarias o Tecnicaturas Superiores

Que la implementación del Boleto Educativo tiene como objetivo principal la inclusión. Que desde este municipio vemos en la educación una oportunidad de integración y construcción de proyectos de vida.

Que, el objetivo es fortalecer las trayectorias educativas de los y las estudiantes de todos los niveles y modalidades educativas del Distrito, aportando políticas públicas que reivindiquen nuestra Democracia, 

Que, para tal fin es necesario poder convenir entre el municipio y empresas de transportes, que mantengan dentro de su recorrido los destinos solicitados,

Por ello el Intendente Municipal de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades:

DECRETA:

ARTICULO 1º: Aprobar la prorroga y/o modificaciones del sistema de Boleto Estudiantil para personas domiciliadas en el distrito de General Paz que lleven adelante sus estudios secundarios y/o terciarios en la localidad de Chascomús. -

ARTICULO 2º: La Municipalidad acuerda con la empresa “Expreso Ruta 29 S.R.L, representado en el acto por el señor Cristian Arévalo, el pago de 2500 litros de combustible a fin de que esta última reduzca en un 75 % el boleto a estudiantes que cursen el nivel secundario y/o terciario en Instituciones Educativas de la localidad de Chascomús. -

ARTICULO 3º: EL Beneficio de descuento tendrá vigencia dentro del ciclo lectivo del corriente año, el cual será estipulado por el Ministerio de Educación de la Provincia de Buenos Aires. 

ARTICULO 4º: Los estudiantes que desean hacer uso del beneficio deben acercarse al Centro Universitario de la localidad de Ranchos a fin de presentar la documentación correspondiente que avale la solicitud. -

ARTICULO 5º: La documentación requerida para el beneficio es la siguiente:

  • FOTOCOPIA DE DNI
  • CERTIFICADO DE ALUMNO REGULAR EMITIDO POR LA INSTITUCION EDUCATIVA, EL CUAL DEBE ACTUALIZARSE CADA TRES MESES
  • CERTIFICACION DE DIAS Y HORARIOS DE CURSADAS
  • FOTO CARNET

ARTICULO 6º: Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto serán imputados a la partida que corresponda.-

ARTICULO 7º: Regístrese, comuníquese, tome conocimiento, Dirección de Educación Municipal, Oficina de Contaduría , Dirección de Compras, elévese oportunamente al Honorable Tribunal de Cuentas y archívese.-