Boletines/Avellaneda
Decreto Nº 302/2026
Avellaneda, 22/01/2026
DECRE-2026-302-E-MUNIAVEBA-INT
Visto
El expediente 1- 79152- 2022 y;
Considerando
Que a fs. 62 del presente expediente con fecha 2 de septiembre de 2025 , la firma MYRIAM VIVIANA CANONACO , perteneciente del CUIT 27-22234035-2 , ha iniciado el trámite Nro. 6620 por TRASLADO del establecimiento ubicado ARENALES Nº 52 con el rubro IMPRENTA DIGITAL Y COBRO DE SERVICIO POR CUENTA Y ORDEN DE TERCEROS de su domicilio anterior ARENALES 33 mediante Decreto Nº 4319 de fecha 25 de agosto de 2022;
Que a orden. 2, obra informe donde la Dirección de Habilitaciones de ésta Municipalidad manifiesta que se encuentran cumplidos todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, para acceder a la habilitación propuesta.
Que la Ordenanza Fiscal vigente establece en su artículo 79: "Suspensión o revocación de permisos, habilitaciones y autorizaciones. Clausuras. - El pago de las obligaciones tributarias que graven a las actividades económicas de cualquier naturaleza, o sus instalaciones, radicadas en el ámbito del Partido de Avellaneda, es requisito para su funcionamiento y la subsistencia de los permisos, habilitaciones y demás autorizaciones que para ello la Municipalidad les hubiere otorgado, como así también el mantenimiento y vigencia de las mismas condiciones que posibilitaron su otorgamiento.
El incumplimiento a lo dispuesto precedentemente dará derecho a la Municipalidad a suspender o revocar los permisos, habilitaciones, licencias y demás autorizaciones que se le hubieren concedido para la realización de su actividad, e incluso disponer la clausura del establecimiento o sus instalaciones.
A los fines de la aplicación de las medidas sancionatorias contempladas en este artículo, las mismas se dispondrán teniendo en cuenta el carácter de agravante de las conductas sancionadas con las penalidades establecidas en los
artículos precedentes de este Capítulo. El carácter de agravante de la conducta pasible de esta sanción estará dado por la data del vencimiento de la obligación tributaria, por la magnitud del monto omitido de la obligación tributaria o por las características particulares del contribuyente o responsable que denoten la actitud de parte del mismo, deliberada o sistemática, de evadir el cumplimiento de los deberes fiscales que le impone esta Ordenanza y aquellas otras que se dicten en el futuro o de carácter especial.";
Que, en virtud de la norma transcripta, corresponde establecer que la vigencia del permiso de habilitación otorgado, se encontrará sujeta al cumplimiento de las condiciones establecidas en la referida norma;
Por todo ello, en uso de las atribuciones que le son propias:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Otorgase el permiso de habilitación a la firma MYRIAM VIVIANA CANONACO, con legajo Nro 75578; y autorizase el funcionamiento de un comercio de rubro IMPRENTA DIGITAL Y COBRO DE SERVICIO POR CUENTA Y ORDEN DE TERCEROS, en el establecimiento situado ARENALES Nº 52 extendiéndose el pertinente certificado de permiso, en atención a los considerandos expuestos ut-supra.
ARTICULO 2º.- El permiso de habilitación, otorgado por medio del presente Decreto, quedará sujeto en su vigencia al cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 79 de la Ordenanza Fiscal vigente, y las que en el futuro la reemplacen, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de aplicarse las sanciones contenidas en dicho precepto. -
A tales fines el contribuyente permisionario deberá presentarse anualmente ante la Dirección de Habilitaciones, a fin que ésta última verifique el cumplimiento de las disposiciones referidas en el párrafo anterior y en su caso proceda a revalidar el certificado de permiso respectivo. -
La presentación a que alude el párrafo anterior, deberá realizarse dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores de cada año cumplido, desde la fecha de otorgamiento del permiso de habilitación. -
ARTICULO 3º.- Regístrese, notifíquese y hágase entrega del presente Decreto y del Certificado de Permiso respectivo a la parte interesada por intermedio de la Dirección de Habilitaciones, tome conocimiento la Secretaría de Hacienda y Administración (Dirección General Tributaria), Cumplido, Archívese. -