Boletines/Saavedra
Decreto Nº 26/2026
Saavedra, 28/01/2026
Referencia: Decreto Designación de Personal Temporario agente Luis Matías Cardillo - Expediente Electrónico EX-
2024-00004334- -MUNISAAV-DHMP#SS
Visto
la solicitud presentada por la Secretaria de Salud y el informe del Contador Municipal que corren agregados al presente expediente,
el Intendente Municipal en uso de sus facultades:
D E C R E T A
Art. 1° Ampliase la designación, a partir del 01 enero de 2026 hasta el 30 de junio de 2026 inclusive del agente LUIS MATÍAS CARDILLO, Legajo N° 2343, quien se desempeña como Médico Anestesista en el Hospital y Maternidad Municipal de Pigüé, con categoría Ayudante de Servicio y Regimen horario de 12 hs semanales de
labor, prestando servicios de acuerdo al siguiente detalle:
- en forma activa para los actos anéstesicos correspondientes a las cirugías y cualquier otra practica quirúrgica programada de lunes a viernes desde las ocho horas (8:00 hs), a las trece horas (13:00 hs).-
- en forma pasiva de lunes a viernes desde las trece horas (13:00 hs), a las ocho horas (8:00 hs) del día siguiente. - en forma pasiva los sábados, domingo y feriados desde las ocho horas (8:00 hs) de ese día, hasta las ocho horas
(8:00 hs) del día siguiente.
- Se deja constancia que los profesionales resultarán solidariamente responsables de garantizar las prestación del Servicio de Anestesia en el Hospital y Maternidad Municipal de PIGUE las 24 horas del día, percibiendo por dicha
circunstancia el adicional correspondiente en concepto de guardias de anestesia.-
Art. 2° La erogación producida deberá asignarse a la Jurisdicción 1110116000 – Secretaría de Salud; Programa 16- 01 – Hospital y Maternidad Municipal de Pigüé – 1.2.1.0. – Retribuciones del Cargo – Agrupamiento 10 – Personal Temporario, del Presupuesto de Gastos vigente.-
Art. 3º Comuníquese, tómese nota por la Oficina de Personal / Liquidación de Haberes, Contaduría, Tesorería, Oficina de Previsión, Dirección del Hospital y Maternidad Municipal de Pigüé, quien notificará al agente y retendrá las presentes actuaciones por el período fijado, a fin de determinar la continuidad o no de la misma, dése al Registro
de Decretos y cumplido, archívese.-