Boletines/Chascomús

Decreto Nº294/26

Decreto Nº 294/26

Chascomús, 13/04/2026

RESCISION CONTRATO

Visto

El Expediente Administrativo GDE EX-2026-00013824-CHASCOMUS-DCH#SSRRHH, caratulado “Situación Agente ROST Santiago Omar RESCISIÓN DE CONTRATO leg 12.076 DNI 42.490.727”; y

Considerando

Que el mencionado agente es contratado como PERSONAL TEMPORARIO, en el área de Servicios Sanitarios (Cloacas) en la categoría de Obrero “a” Cat. 2, dependiente de la Secretaría de Obras, Servicios Públicos y Ambiente, conforme contrato N° 3730, con fecha de vencimiento el 31/10/2026 (ver orden 2 del Expediente Administrativo GDE).

Que al número de orden 3, obra informe emitido por el Director de Servicios Sanitarios, de fecha 06/4/2026, mediante el cual pone de manifiesto que: “Motiva la presente Nota, la solicitud de Rescisión del Contrato Laboral, del Sr. Rost Santiago Omar - CUIL 20424907279. El mencionado empleado, ingresó a trabajar en Septiembre del año 2025 a la Municipalidad, precisamente en el Área de Cloacas de la Dirección de Servicios Sanitarios. En el corto tiempo transcurrido no cuenta con una evaluación favorable de su desempeño. El agente ha faltado recurrentemente a trabajar, sin que su ausencia sea justificada, como así también ingresos tarde o retiros antes de que finalice su jornada laboral, resultando una relación conflictiva y de desgaste para sus superiores. Este comportamiento, ya se ha conversado con el empleado, inclusive se le realizado hace un tiempo ya, un llamado de atención donde se le comunicaba que no era el desempeño esperado. Adjuntamos copia del llamado de atención. Para su consideración, es importante destacar que este tipo de actitudes repercute negativamente y genera conflictos en el equipo de trabajo, razón por la cual, cuando se comienzan a suceder de manera reiterada, afectando el clima y desempeño laboral general del área, se solicita la rescisión del contrato laboral.”

Que al orden 4 se adjunta copia de la sanción de llamado de atención.

Que al orden 5 obra ME-2026-13506-CHASCOMUS-SOSPU, de fecha 6/4/2026, el Secretario de Obras, Servicios Públicos y Ambiente, a través del cual pone de manifiesto que: “Por la presente, se solicita la rescisión del contrato del agente 12076 Rost Santiago Omar, por los motivos expuestos por el director del área a cargo en nota adjunta en Archivos embebidos.”

En virtud de ello, corresponde referir que conforme la Cláusula Cuarta del contrato celebrado entre las partes, cualquiera de ellas podrá rescindir el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas y las que surgen del Estatuto del Empleado Municipal (Ley N° 14.656), labrándose un acta al respecto por parte del responsable del área donde preste servicios el contratado, siendo suficiente la misma a dichos fines y sin que ello genere derecho a indemnización en su favor.

Al respecto, en la causa “Villafañe”, el Cimero Tribunal provincial, con voto del Dr. Soria al que adhirió la mayoría, expresó: “La doctrina de esta Suprema Corte, por mayoría, indica que los agentes de planta temporaria - mensualizados o jornalizados- participan de un estatus de excepción, no poseyendo más derechos que los previstos, en modo expreso o razonablemente implícito, en el régimen jurídico que ha disciplinado su incorporación y desempeño en la relación de empleo (causas B. 57.741, "Iori", sent. de 18-II-2004; B. 61.215, "Zocchi", sent. de 1- III-2006; B. 57.551, "Portillo", sent. de 19-IX-2007, entre otras).

Que, en consecuencia, la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que, en razón de todo lo expuesto en el exordio, corresponde dictar el pertinente acto administrativo para rescindir el contrato de servicio temporario (N° 3730) del agente ROST Santiago Omar, Legajo N° 12.076, DNI 42.490.727.

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Rescíndase el contrato suscripto oportunamente por la agente ROST Santiago Omar, Legajo N° 12.076, DNI 42.490.727 y la Municipalidad de Chascomús, por las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaria de Obras, Servicios Públicos y Ambiente, Dirección de Servicios Sanitarios, Dirección Administrativa de RR.HH., Dirección de Liquidaciones y a agente ROST Santiago Omar en su domicilio declarado sito en calle Boulevard 4 N° 1520 de Chascomús.-

ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-

ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-