Boletines/General Lavalle

Decreto Nº439

Decreto Nº 439

General Lavalle, 30/04/2026

Visto

VISTO y CONSIDERANDO;

            La ordenanza 2749/2025- complementaria anual, vigente para el ejercicio 2026- establece en su artículo 25 una revisión en los salarios para el mes de agosto; las actuales circunstancias que atraviesa nuestro país, la realidad económica actual, caracterizada por procesos inflacionarios persistentes, fluctuaciones en los costos de bienes y servicios, y la consecuente pérdida del valor real de los ingresos, imponen a este Departamento Ejecutivo la responsabilidad de adoptar medidas que permitan atenuar dicha circunstancia  acompañando a nuestros trabajadores, garantizando condiciones laborales dignas y justas.

            Por ello, con el fin de disponer una recomposición salarial para los trabajadores de esta administración municipal, reconociendo su compromiso diario y a la necesidad de sostener el poder adquisitivo frente a las variaciones del contexto económico actual.

            Que, las distintas áreas municipales —servicios públicos, salud, desarrollo social, administración, obras públicas, seguridad y mantenimiento urbano— sostienen día a día la presencia de la Municipalidad en todo el territorio de General Lavalle. Dando respuesta a las demandas de la comunidad; especialmente resaltando que, ese recurso humano, constituye el pilar fundamental para el funcionamiento de esta Municipalidad.

            Conjuntamente con ello, se ha exhortado e impulsado una política activa de ordenamiento y optimización de los recursos públicos, entendiendo que toda mejora salarial debe estar acompañada por una gestión eficiente, responsable y planificada.

Es por ello, que se ha requerido a cada área: 1. El fortalecimiento de la planificación laboral, organizando tareas, turnos y funciones de manera más eficiente; 2. El uso racional de los recursos materiales, evitando desperdicios y priorizando necesidades esenciales; 3. La mejora continua de los procesos internos, reduciendo tiempos improductivos y optimizando la capacidad operativa; y 4. La incorporación progresiva de herramientas de gestión que permitan una administración más moderna, ágil y transparente.

Por ello, con el compromiso de cada área y de cada trabajador, en la comprensión de que el cuidado de los recursos públicos es una responsabilidad compartida que redunda en beneficios para toda la comunidad; adoptan las medidas generando un esquema de mayor previsibilidad financiera, que hace posible avanzar en una recomposición salarial responsable, equilibrada y sostenible en el tiempo, sin comprometer la prestación de los servicios esenciales.       

Que, el aumento propuesto no solo atiende una necesidad económica concreta, sino que también expresa una decisión política de jerarquizar el empleo público, reconociendo el valor del trabajo municipal como herramienta de transformación social y como base para el desarrollo local.

Con ello, se reafirma un principio de la gestión: la mejora en las condiciones salariales debe ir de la mano de una cultura organizacional basada en la eficiencia, la planificación y el compromiso con lo público, consolidando un municipio presente, ordenado y cercano a los vecinos.

 

EL INDENTENDE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

 

DECRETA

ARTICULO 1. Fíjese el aumento del 20% al valor del módulo del salario municipal a partir del 1ro. de mayo del 2026, con excepción de los comprendidos en carrera médico hospitalaria, por poseer legislación específica. 

 

ARTICULO 2. Aféctese a la partida presupuestaria correspondiente. Esto ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante.

 

ARTICULO 3.  El presente decreto será refrendado por la Secretaria Legal y Técnica.

 

ARTICULO 4. Comuníquese. Publíquese.

 

 

 

 

 

 

 

 

          ISABEL DOLORES RAJOY                                                                          NAHUEL ALFREDO GUARDIA

    SECRETARIA LEGAL Y TECNICA                                                                       INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETO  MUNICIPAL Nº 439 / 2026.-