Boletines/Pinamar
Ordenanza Nº 7194/2026
Pinamar, 13/03/2026
VISTO: El Expediente Nº 4123-0891/02 Cpo. 4 Alc. 5 (que se encuentra en el Departamento Ejecutivo) y la vigencia del Título XXIV del Código Tributario Municipal de Pinamar (Ordenanza 6324/22 y modificatorias), que establece la denominada "Tasa Vial" sobre el expendio de combustibles líquidos y Gas Natural Comprimido (GNC); y CONSIDERANDO: Que la mencionada tasa grava el consumo de combustibles, lo cual representa una carga económica extra para los vecinos de Pinamar y para los turistas que visitan nuestra localidad; Que es pertinente recordar que la creación de la Tasa Vial fue una respuesta de carácter excepcional ante un contexto de altísima volatilidad inflacionaria y crisis macroeconómica, factores que produjeron un agudo desfasaje económico-financiero en las arcas municipales, dificultando la previsibilidad presupuestaria y el cumplimiento de las obligaciones del Estado Local. Que, en dicho escenario de emergencia, el tributo se concibió como un recurso extraordinario destinado específicamente al mantenimiento de las arterias troncales y la red vial primaria de Pinamar, las cuales sufren un desgaste acelerado debido al incremento exponencial del flujo vehicular durante el período estival, dada nuestra condición de destino turístico de referencia. Que, no obstante, las razones de oportunidad que motivaron su implementación original y fruto del ordenamiento fiscal al que se encamina el estado municipal, resulta necesario avanzar con la eliminación paulatina de tasas; Que, habiendo la concejal Giraldi mocionado su eliminación en la sesión de fecha 23 de diciembre de 2025 sin que dicha propuesta recibiera tratamiento parlamentario oportunamente, se eleva el presente proyecto para su correspondiente votación y eventual sanción como ordenanza. Que es imperativo en función del ordenamiento de las cuentas que está llevando adelante el departamento ejecutivo, comenzar paulatinamente con la eliminación de tasas municipales, alivianando en consecuencia la presión tributaria sobre el sector privado y los ciudadanos en general, fomentando el consumo y simplificando el sistema impositivo municipal. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Pinamar, en uso de facultades que le son propias sanciona la siguiente: ORDENANZA Nº 7194/2026
ORDENANZA
ARTICULO 1: Deróguese a partir del 01-04-2026, en su totalidad el TÍTULO XXIV: TASA VIAL del Código Tributario de la Municipalidad de Pinamar, el cual comprende los Artículos 249, 250, 251, 252, 253 y 254 del código tributario, ordenanza 6324/22 y sus modificatorias.- ARTICULO 2: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá notificar de la presente medida a los titulares de las bocas de expendio de combustibles líquidos y GNC radicadas en el partido de Pinamar, en su carácter de anteriores agentes de recaudación/responsables sustitutos. ARTICULO 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.