Boletines/Pinamar
Decreto Nº 0219/2026
Pinamar, 30/01/2026
Visto
El Decreto Nº 193/2026, mediante el cual se aceptó la renuncia de la agente Maite Iparraguirre, Legajo N.º 4410, al cargo de Directora de Desarrollo Productivo y Empleo, y
Considerando
Que mediante el Decreto Nº 193/2026 se produjo la vacancia del cargo de Directora de Desarrollo Productivo y Empleo;
Que en función de las actuales necesidades operativas, funcionales y estratégicas de la Secretaría de Hacienda, resulta conveniente reorganizar la estructura orgánica del área, integrando bajo una misma conducción funciones vinculadas a la administración hacendaria municipal, al desarrollo productivo y el empleo;
Que la modificación de la denominación de la Dirección de Desarrollo Productivo y Empleo a Dirección de Hacienda y Desarrollo Productivo, responde a la necesidad de concentrar bajo una misma conducción funciones propias del ámbito de la Secretaría de Hacienda y del área de Desarrollo Productivo y Empleo, a fin de asegurar su adecuada gestión;
Que corresponde designar al frente de la Dirección a la agente Agustina Climente, Legajo N.º 4329, quien actualmente desarrolla tareas generales en el ámbito de la Secretaría de Hacienda;
Que la mencionada agente reviste estabilidad en la Planta Permanente Municipal, resultando procedente disponer la reserva de su cargo de origen conforme la normativa vigente;
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades, DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Modifícase la denominación de la Dirección de Desarrollo Productivo y Empleo, la cual en adelante pasará a denominarse Dirección de Hacienda y Desarrollo Productivo, dependencia de la Secretaría de Hacienda.
ARTÍCULO 2º.- La Dirección de Hacienda y Desarrollo Productivo tendrá a su cargo la coordinación, asistencia y seguimiento de las funciones que le son propias en el ámbito de la Secretaría de Hacienda y del área de Desarrollo Productivo y Empleo, comprendiendo de manera integral:
a) El ejercicio de las funciones vinculadas al desarrollo productivo, la actividad económica y el empleo, conforme las políticas definidas por el Departamento Ejecutivo.
b) La coordinación y seguimiento de las tareas que se desarrollen en el ámbito de la Secretaría de Hacienda que le sean asignadas, en el marco de la normativa vigente y sin perjuicio de las competencias específicas de cada área.
c) La articulación con áreas municipales, organismos provinciales y nacionales, y con el sector privado, en materias vinculadas a su competencia.
d) Toda otra función que le sea asignada por la Secretaría de Hacienda, conforme a la normativa vigente.
ARTÍCULO 3º.- Desígnese a la agente Agustina Cimente, Legajo Nº 4329, como Directora de Hacienda y Desarrollo Productivo, a partir del 02 de febrero de 2026, con el rango y responsabilidades que correspondan conforme la normativa vigente.
ARTÍCULO 4º.- Procédase a la reserva del cargo de Planta Permanente como Agente 12 de Agustina Climente, Legajo Nº 4329, de acuerdo a lo prescripto por el Artículo 9 de la Ley N.º 14.656 y el Artículo 8 bis de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el cual le será reintegrado cuando la agente vuelva a su cargo de origen.
ARTÍCULO 5º.- Déjese sin efecto la bonificación por productividad del 50% otorgada a Agustina Climente por Decreto N° 209/2026.
ARTÍCULO 6º.- Dese al Registro oficial del Municipio, comuníquese y, cumplido, archívese.