Boletines/Pinamar

Decreto Nº0207/2026

Decreto Nº 0207/2026

Pinamar, 30/01/2026

Visto

La radicación y el desarrollo de actividades de la señal de contenidos digitales denominada La Casa Streaming, en el ámbito del Partido de Pinamar; y 

Considerando

Que, de acuerdo a los datos técnicos recabados, la señal ha alcanzado un hito histórico de 32.959.666 visualizaciones totales durante el mes de enero de 2026, consolidando una audiencia de 2.5 millones de usuarios únicos. 

Que el tiempo de reproducción acumulado ha superado las 225.700 horas, lo que representa una exposición masiva y constante de la marca Pinamar en el ecosistema digital global, con un crecimiento del 54% en visualizaciones respecto al periodo anterior. 

Que el análisis de impacto en redes sociales registró un pico histórico de alcance el día 23 de enero, vinculando de manera directa la conversación digital con la actividad presencial en locaciones emblemáticas de nuestra ciudad como UFO Point. 

Que la programación especial de verano, que incluye programas como Rumis, Circuito Cerrado y Tres en Una, ha logrado posicionar a Pinamar como el epicentro de la escena del streaming nacional, atrayendo a figuras de relevancia internacional como Lola Indigo y Ángela Torres. 

Que  las menciones asociadas a la señal y a la ciudad poseen una tonalidad positiva, fortaleciendo el prestigio de Pinamar como un destino asociado a la innovación y la vanguardia cultural. 

Que es responsabilidad de este Departamento Ejecutivo reconocer y fomentar las industrias creativas que eligen nuestra ciudad como sede de producción, generando valor simbólico y económico de manera desestacionalizada. 

Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades, DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Declárase de interés cultural la actividad, producción y difusión de contenidos desarrollados por la señal La Casa Streaming dentro del ámbito del Partido de Pinamar, en virtud de su aporte a la modernización de los lenguajes comunicacionales. 

ARTÍCULO 2º.- Reconozcase la importancia estratégica de dicha señal en la promoción federal del municipio, destacando su capacidad para vincular a la comunidad local con audiencias nacionales e internacionales mediante el uso de nuevas tecnologías. 

ARTÍCULO 3º.- Entréguese una copia certificada del presente decreto a los integrantes de La Casa Streaming, como reconocimiento de la articulación público-privada.- 

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.