Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 531
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 08/04/2026
Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de Habilitación interpuesta por FANNA CARLA SABRINA, con CUIT 27-36328255-0, Contribuyente N.º 80.973 para desarrollar actividad bajo el rubro de VENTA MINORISTA DE ALIMENTOS Y ACCESORIOS PARA MASCOTAS - VENTA MINORISTA DE LEÑA ENVASADA - VENTA DE LEÑA MAYORISTA ENVASADA CON DEPOSITO - VENTA MINORISTA DE GARRAFAS (HASTA 100KG.), en el domicilio de la calle LEJARRAGA PABLO N.º 1415 de la Localidad de Bahía Blanca, y;
CONSIDERANDO
Que a fs.45 del Expediente 0-12163/2015 obra Certificado de Habilitación Nº 51805 de fecha 25 de diciembre de 2016, mediante el cual se lo habilita para desarrollar actividades bajo el rubro "Venta minorista de alimentos y accesorios para animales domésticos y Venta minorista de leña envasada (sin depósito)";
Que a fs.1/12 del expediente 0-897/2025 solicita factibilidad para anexar rubro de Venta mayorista de leña envasada con depósito;
Que a fs.16 del expediente 0-897/2025 obra informe de la Subsecretaría de Planeamiento Urbano en la que se deja constancia que el uso solicitado no se encuentra permitido;
Que a fs.23/25 del expediente 0-897/2025 obra Acta 607 de la Comisión Asesora Permanente de Planeamiento mediante la cual se da tratamiento por excepción el uso solicitado por la recurrente;
Que fs.37 del expediente 0-897/2025 obra Ordenanza Nº 22210 del HCD mediante la cual se autoriza con carácter de excepción y por el término de cuatro (4) años, la factibilidad para el desarrollo del uso "Venta mayorista de leña ya envasada con depósito -no permitiendo el depósito de leña suelta";
Que la solicitud de Habilitación ha sido interpuesta con fecha 6 de febrero de 2026, conforme constancias obrantes a fs. 44 y 45 del expediente N.º0-897/2025;
Que a fs. 42 y 55 toma debida intervención el Departamento Habilitación, labrando las correspondientes Actas de Inspección Nº 17591 de fecha 05/01/2026 y Nº 8470 de fecha 17/03/2026; dejando constancia que dio cumplimiento a lo solicitado por Acta Nº 17591;
Que de fs. 46 a 51 obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;
Que a fs.57 el Departamento Habilitaciones expone que: ...Habiéndose dado cumplimiento a lo establecido por Ley Nº 7.315, Decreto Nº 1.123, realizada la inspección correspondiente, se concluye que el establecimiento reúne condiciones para el desarrollo de la actividad "VENTA MINORISTA DE ALIMENTOS Y ACCESORIOS PARA MASCOTAS - VENTA MINORISTA DE LEÑA ENVASADA - VENTA DE LEÑA MAYORISTA ENVASADA CON DEPOSITO - VENTA MINORISTA DE GARRAFAS (HASTA 100KG.)", se eleva el presente a fin de otorgar el Certificado de Habilitación correspondiente.";
Que a fs.58/60 se acompaña constancia de cumplimiento tributario para Habilitación Municipal debidamente intervenida por el Departamento Recaudación;
Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación, el Departamento Habilitaciones y las restantes áreas y profesionales intervinientes, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;
Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 2900/2021;
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º)- Habilitase a FANNA CARLA SABRINA, con CUIT 27-36328255-0, Contribuyente N.º 80.973 para desarrollar actividades bajo el rubro Anexo de rubro "VENTA DE LEÑA MAYORISTA ENVASADA CON DEPOSITO" "VENTA MINORISTA DE GARRFAS (HASTA 100KG.)", en el domicilio de la calle LEJARRAGA PABLO N.º 1415 de la Localidad de Bahía Blanca y con vencimiento el día 31 de octubre de 2029, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.
ARTICULO 2º)- Expídase Certificado de Habilitación N.º 303/2026 a nombre de FANNA CARLA SABRINA, Contribuyente N.º 080973 de acuerdo a lo establecido en el Artículo Primero de la presente Resolución.
ARTICULO 3º)- Déjese constancia que la vigencia de la habilitación otorgada en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgada la habilitación.
ARTICULO 4º)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad de la habilitación otorgada, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.-
ARTICULO 5º)- Cúmplase, notifíquese, publíquese y dese al R.O., tomen nota Departamento de Habilitaciones, Departamento Recaudación, Departamento Saneamiento Ambiental, cumplido. Archívese.