Boletines/Moreno

Decreto Nº0379/26

Decreto Nº 0379/26

Moreno, 10/02/2026

Visto y considerando

VISTO las actuaciones obrantes en el expediente municipal N° 4078-281645-I-2025 iniciado por el Organismo Descentralizado “Instituto Municipal de Desarrollo Económico Local (I.M.D.E.L.); y

CONSIDERANDO que el mismo se origina a partir de la solicitud de la Coordinación General de Programa de Turismo I.M.D.E.L. de declarar de Interés Municipal el evento “SALIDAS RECREATIVAS A LA RESERVA MUNICIPAL LOS ROBLES”, el cual se realizará durante el transcurso del año 2026, dos veces por semana, en la Reserva Municipal Parque “Los Robles”, del partido de Moreno.

Que, el objeto principal de la actividad es garantizar el acceso a una jornada turística y recreativa de calidad, destinada a diferentes sectores de nuestra comunidad, los cuales se encuentran afectados por un contexto de crisis económica y social a nivel nacional, condición que complejiza la posibilidad de solventar, en este aspecto, gastos de forma autónoma.

Que, dicha propuesta dará lugar a la creación de espacios de contacto con la naturaleza en términos colectivos, fomentando la participación, el fortalecimiento de los vínculos y la interacción grupal en áreas verdes y naturales.

Que, la actividad en cuestión estará dirigida a grupos sociales específicos, mayormente orientada a adultos mayores de 60 años, especialmente aquellos vinculados a Centros de Jubilados y a la Subsecretaría de Protección y Promoción de Derechos de las Personas Mayores.

Que, el desarrollo de la actividad constará de dos (2) días y una (1) noche con pensión completa y pernocte en los Hospedajes de la Reserva Municipal Parque Los Robles. La misma contendrá el traslado en el Bus Turístico hacia el Parque “Los Robles” y un respectivo cronograma de diversas actividades, entre ellas, lúdicas, didácticas y artísticas (juegos de mesa, shows musicales, talleres, etc.), como así también visita al Vivero Municipal, caminatas guiadas y propuestas gastronómicas.

Que las “SALIDAS RECREATIVAS A LA RESERVA MUNICIPAL LOS ROBLES” se presentan como una propuesta turística inclusiva por parte del Municipio de Moreno en función de la realidad socioeconómica de todos aquellos grupos sociales en contexto de vulnerabilidad que asistan a la misma.

Que, a su vez, favorecerá y profundizará el vínculo comunitario entre el Estado Local y las vecinas y vecinos de Moreno y aledaños.

Que, es importante continuar fortaleciendo las políticas públicas en materia de turismo local.

Que, a fin de asegurar el normal y adecuado desarrollo del evento previsto, se considera pertinente la provisión y adquisición de agua, viandas, o en su defecto, alimentos para su elaboración con el objeto de garantizar la alimentación durante la estadía, contratación de espectáculos, escenario, sistema de sonido e iluminación, mesas, sillas, juegos de mesa, mantenimiento del Bus Turístico, la contratación del servicio de alquiler de micros y toda aquella necesidad que surja al momento de abordar el presente evento a los efectos de garantizar su atractivo y participación de la comunidad. 

Que, el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 108, inc. 17 del Decreto-Ley 6769/58 – Ley Orgánica de las Municipalidades.

Por ello,

LA INTENDENTA MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORENO 

DECRETA:

ARTÍCULO 1°. - Declárese de Interés Municipal las “SALIDAS RECREATIVAS A LA RESERVA MUNICIPAL LOS ROBLES”, que se llevarán adelante dos veces por semana durante el transcurso del año 2026, en la Reserva Municipal Parque “Los Robles”, Partido de Moreno.

ARTÍCULO 2°. - Autorícese a la Jefatura de Compras del I.M.D.E.L. a gestionar las adquisiciones de bienes y contrataciones de servicios que sean necesarias, para así poder llevar a cabo lo descripto en el artículo precedente.

ARTÍCULO 3°. - Autorícese a la Contaduría del I.M.D.E.L. a librar las respectivas órdenes de pago a fin de solventar los gastos que eventualmente emerjan del artículo 1°.

ARTÍCULO 4°. - Deléguese en el Sr. Administrador General del Organismo Descentralizado I.M.D.E.L. la reprogramación, modificación, prórroga del lugar, fecha u horario de realización del evento mediante Resolución I.M.D.E.L., para lo cual se aplicará el presente Decreto a los mismos fines y efectos.

ARTÍCULO 5°. -  El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno y Justicia.

ARTÍCULO 6°. - Regístrese, publíquese, notifíquese y comuníquese al IMDEL. Cumplido, archívese.

SR NAHUEL BERGUIER                    SRA MELINA MARIEL FERNANDEZ