Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº5713/2026

Ordenanza Nº 5713/2026

Trenque Lauquen, 09/03/2026

Que mediante Ordenanza N° 4830/18 se declaró de interés social la regularización dominial del inmueble ubicado en la Localidad de 30 de Agosto, Partido de Trenque Lauquen, a favor de la Sra. María Roca, DNI 4.555.268, en el marco de la Ley de Regularización Dominial N° 24.374;

Que en el año 2019 la Municipalidad de Trenque Lauquen, transfirió por escritura Nº 49, según los términos de la Ley mencionada a la Sra. Roca un inmueble de dominio eminente municipal identificado catastralmente como: Circunscripción XIII, Sección B, Quinta 29, Manzana 29 A, Parcela 12, Partida 107-4444-3;

Que, al momento de otorgarse dicha escritura traslativa de dominio, de fecha 19/06/2019, se consignaron los datos catastrales vigentes según constancias obtenidas del Catastro Provincial;

Que el Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires, requirió, para la inscripción del título, que se acompañe el plano del cual surgía la parcela, y es en esta instancia, donde se advierte que la parcela en cuestión no surgía del plano mencionado en el Catastro (107-1399-1916).

Luego de diversos intentos y gestiones tendientes a determinar que plano dio origen a la parcela regularizada, y no habiendo sido posible obtener dicha información, la Subsecretaría de Hábitat de la Comunidad, confeccionó, por sus propios medios, un Plano de Mensura para inscribir el dominio a nombre de la Municipalidad de Trenque Lauquen, a fin de otorgar correcta registración catastral al inmueble en cuestión;

En base a todo lo aquí expuesto y teniendo en cuenta que, del Plano N° 107-3/2025 y del Certificado Catastral N° 23178835, la designación correcta del inmueble objeto de regularización difiere de la consignada en la Ordenanza N° 4830/18, corresponde efectuar la rectificación de la misma posibilitando la correcta inscripción del dominio, requiriéndose, por ende, la intervención del Honorable Concejo Deliberante a sus efectos. (Exp. N° 3721/00 HCD.)

ORDENANZA

Artículo 1º.-) Rectifícase la Ordenanza N° 4830/2018 en lo que respecta a la designación catastral del inmueble objeto de regularización dominial a favor de la Sra. ROCA, MARÍA DNI 4.555.268, el cual, deberá quedar identificado de la siguiente manera: Circunscripción XIII – Sección B, Quinta 29 - Manzana 29A - Parcela 12A -Partida Inmobiliaria 107-35662-3, con las medidas y linderos conforme Plano de Mensura N° 107-03-2025.

Artículo 2º.-) Mantiénese en todos sus términos lo dispuesto por la Ordenanza N° 4830/18, subsistiendo únicamente la presente rectificación en cuanto a datos catastrales, sin alterar la finalidad, beneficiaria, ni demás condiciones establecidas en la misma.

Artículo 3º.-).Facúltase al Departamento Ejecutivo a dictar las normas reglamentarias y complementarias necesarias a los fines del cumplimiento de la presente, a realizar las gestiones correspondientes ante Catastro Provincial y el Registro de la Propiedad Inmueble, y a otorgar la escritura traslativa de dominio rectificada.

Artículo 4º.-) Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL DISTRITO DE TRENQUE LAUQUEN, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL VEINTISEIS.

Hernán Amador
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
Esteban Vidal
Presidente
Honorable Concejo Deliberante 

Promulgación: Decreto N° 00717/2026 – 16/03/2026 
Firma:    Francisco Recoulat – Intendente Municipal. 
               Dr. Martín Borrazás – Secretario de Gobierno