Boletines/Zárate
Decreto Nº 117/26
Zárate, 08/04/2026
Visto
La Ordenanza Nº 5337, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante
del Partido de Zárate, en fecha 19/03/2026; y
Considerando
Que, mediante la Ordenanza Nº 5337, citada en el Visto,
el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate impone el nombre de “Plaza
de la Memoria Ofelia Myrta Rivadeneyra” el espacio público ubicado en la esquina
Este de la intersección de las avenidas Lavalle y Mitre, de la ciudad de Zárate y se
autoriza la construcción e instalación de una intervención artística conmemorativa
denominada “Mosaico de la Memoria: 50 años, 50 pañuelos”;
Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 108ºInciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto-Ley 6769, corresponde
al Departamento Ejecutivo su promulgación;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL
PARTIDO DE ZÁRATE, en uso de las facultades que le son propias;
D E C R E T A
ARTICULO 1º.- Promúlguese la Ordenanza Nº 5337.-
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de
Gobierno, Lic. EDUARDO MARCELO TORRES.-
ARTICULO 3º.- Regístrese, Comuníquese, publíquese y archívese.
Ordenanza Nro. 5337
CORRESPONDE A EXPTE. H.C.D. Nº 038/26.-
V I S T O:
La conmemoración del Cincuenta Aniversario del último quiebre del orden democrático ocurrido en la República Argentina el 24 de marzo de 1976, y.-
CONSIDERANDO:
Que, el 24 de marzo de 1976 se produjo un golpe de Estado, como acción cívico-militar, que interrumpió la democracia, derrocó a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, tanto de la Nación como de las provincias, e inauguró la dictadura autodenominada Proceso de Reorganización Nacional, presidido por la Junta Militar y un presidente de facto.-
Que, dicho acontecimiento constituyó uno de los episodios más trascendentes y traumáticos de la historia institucional de la Nación Argentina.-
Que, a medio siglo de aquellos hechos resulta oportuno promover instancias de recuerdo que contribuyan a preservar la memoria histórica de nuestra comunidad.-
Que, las conmemoraciones públicas y los espacios de memoria cumplen una función relevante en la construcción de la identidad histórica de las sociedades.-
Que, en tal sentido resulta procedente el emplazamiento de una intervención artística conmemorativa que permita recordar este aniversario significativo de la historia nacional.-
Que, la participación de instituciones educativas del Partido de Zárate en la realización de dicha obra contribuye a fortalecer el conocimiento y la transmisión inter generacional de la memoria histórica.-
Que, el espacio público ubicado en la esquina Este de la intersección de las avenidas Lavalle y Mitre, hubo de ser anunciado en años anteriores como el lugar en el que se constituiría la Plaza de la Memoria, para lo cual se erigió en ella un monumento a las Madres y Abuelas de Plaza de Mayo, sin que se constituyera formal y legalmente la denominada Plaza de la Memoria.-
Que, es por ello que se estima oportuno designar a dicho espacio como Plaza de la Memoria, y siendo que constituye un lugar apropiado para el emplazamiento de un monumento de carácter conmemorativo vinculado a estos hechos, es que se autoriza también al emplazamiento de un Mosaico de la Memoria.-
Que, de acuerdo al artículo 27, inciso 4, del Decreto Ley 6769/58, corresponde a la función deliberativa la imposición de nombres a los sitios públicos, y de acuerdo al inciso 3, le corresponde la conservación de monumentos, lo que también encuentra su reflejo en el artículo 62 que determina que corresponde al Concejo proveer a la conservación de las obras municipales y monumentos.-
Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ZÁRATE, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 5337.-
ARTÍCULO 1º.- Impóngase el nombre de "Plaza de la Memoria Ofelia Myrta Rivadeneyra" al espacio público ubicado en la esquina Este de la intersección de las avenidas Lavalle y Mitre, de la ciudad de Zárate.-
ARTÍCULO 2º.- Autorízase la construcción e instalación de una intervención artística conmemorativa denominada "Mosaico de la Memoria: 50 años, 50 pañuelos" en la Plaza de la Memoria del Partido de Zárate.-
ARTÍCULO 3º.- La obra autorizada en el artículo 2° consistirá en una placa central o base donde se dispondrán 50 pañuelos de cerámica realizados por estudiantes de instituciones educativas del Partido de Zárate de todos los niveles, formando en su conjunto la silueta de un gran Pañuelo de las Madres de Plaza de Mayo.-
ARTÍCULO 4º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Dirección de Derechos Humanos, coordinará con la Jefatura Distrital de Educación, Comisión de Archivo y Memoria de Zárate, la ejecución de la obra autorizada.-
ARTÍCULO 5º.- La obra deberá ser inaugurada el 26 de marzo en el marco de los actos oficiales por el "DÍA NACIONAL DE LA MEMORIA POR LA VERDAD Y LA JUSTICIA", del año 2026, al cumplirse el 50º aniversario del golpe cívico-militar.-
ARTÍCULO 6º.- Al pie de la intervención se colocará una placa con el siguiente texto: "A 50 años del golpe cívico-militar, los estudiantes de Zárate sembramos memoria para cosechar democracia. 1976 - 2026."-
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, a los diecinueve días del mes de Marzo de dos mil veintiséis.-