Boletines/General Villegas
Resolución Nº 667/25
Publicado en versión extractada
General Villegas, 26/08/2025
VISTO:
El Expediente Nº 1968/12, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente al señor, Asel, Ángel Miguel, dedicado a la explotación del rubro “Despensa -Mercado”, con fecha de alta 18 de enero de 2012, registrado como Contribuyente Nº 20751; y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Nº 1968/12 Alc. 1, un familiar del titular, comunica la baja de la actividad comercial, desde el 31 de julio de 2023, cumplimentando con la legislación vigente.
Que a fojas 57, se agrega Acta de defunción del titular del comercio.
Que mediante Acta Nº 564, realizada el 8 de julio de 2025, se constata que el comercio ha dejado de funcionar como tal (folio 60).
Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 66, informando que el contribuyente no registra deuda.
Que, según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.
Que a fojas 69 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 31 de julio de 2023, del comercio perteneciente al señor ASEL, ANGEL MIGUEL DNI Nº 5.045.363,Contribuyente Nº 20751, habilitado con el rubro “DESPENSA-MERCADO”, denominación comercial “DON ALFREDO” Codificadores de Rentas Nº 62100-06 y 62100-04, NIS Nº 1053624-01 - T1R - Residencial, no contado con empleados en relación de dependencia, con domicilio comercial en calle Sarmiento N° 106, de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A - Manzana 14, Parcela 5b, atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 1968/12.
ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Dirección de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio, Dirección de Rentas, Dirección de Comercio, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.