Boletines/General Villegas
Resolución Nº 663/25
Publicado en versión extractada
General Villegas, 26/08/2025
VISTO:
El Expediente Nº 8688/25, iniciado por la Directora de Gestión y Administración de la Salud, solicitando la baja del agente Facundo José Chacón, Legajo Personal N° 5491, por incurrir en una falta grave el día 2 de agosto del corriente año; y
CONSIDERANDO:
Que el agente Chacón se desempeña como radio operador del Servicio de Guardia de Emergencias y que en la fecha mencionada, se ausentó de su puesto de trabajo desde la 1:20 am hasta las 2:12 am, disponiéndose a descansar en la sala de enfermería del servicio.
Que a fojas 2, se adjunta nota del Coordinador del Servicio de Guardia de Emergencias donde detalla lo ocurrido, informando que durante la ausencia del agente Chacón, a las 1:46 am, sonó el teléfono de emergencias y al no obtenerse respuesta, otro agente recepcionó la llamada y gestionó la salida de la ambulancia. Asimismo, pese a no haber realizado dicha gestión, el agente Chacón firmó la planilla de recepción y despacho de ambulancia, incurriendo en una falsedad.
Que a fojas 6, interviene el Departamento de Personal, consignando los datos y antecedentes del agente.
Que el Régimen de Empleo Público para el Personal de la Municipalidad, en los Artículos 65 y 66 establece las obligaciones y prohibiciones de los agentes municipales en el desempeño de sus tareas.
Que la falta cometida reviste una gravedad inusitada dado que el agente incumplió con las obligaciones a su cargo previstas en el Artículo 65° incisos a) y c) de la Ordenanza N° 5647. Además, dicha falta debe ser calificada como “abandono del servicio sin falta justificada” e “inconducta notoria”, encuadradas en los incisos a) y c) del Artículo 69 de la Ordenanza mencionada. Esta conducta constituye una falta grave que impide y dificulta el normal funcionamiento de los servicios esenciales prestados por este Municipio.
Que a fojas 7, la Dirección de Asuntos Jurídicos interviene sugiriendo se decrete la baja del agente por razones de servicio, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 103° inciso d) y 104° de la Ordenanza N° 5647.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Dése de baja al agente Facundo José Chacón, Legajo Personal N° 5491, 12 módulos, 48 horas semanales, agente transitorio jornalizado, Jurisdicción 1110105000, Categoría Programática 28.01.00, desde el día 27 de agosto de 2025, de conformidad a lo estipulado por los Artículos 103° inciso d) y 104° de la Ordenanza N° 5647.
ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Departamento Personal, Contaduría, Tesorería, Dirección de Gestión y Administración de la Salud; cúmplase y archívese.