Boletines/General Villegas
Resolución Nº 437/25
Publicado en versión extractada
General Villegas, 30/05/2025
VISTO:
El Expediente Nº 4593/13 Alcance 1, correspondiente a la Habilitación Municipal de un comercio, perteneciente al señor Martín Licera, dedicado a la explotación del rubro “Prendas de Vestir - Accesorios”, desde el 22 de junio de 2013, Contribuyente Nº 21055; y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente 4593/13 Alcance 2, agregado al principal como fojas 49, el titular solicita el traslado del mismo a calle Destouches Nº 220 de General Villegas, a partir del 5 de noviembre de 2019.
Que por Expediente 1636/13 Alcance 3, agregado al principal como fojas 89, comunica la baja del mismo, desde el 30 de septiembre 2024.
Que a fojas 92, mediante el Acta de Constatación Nº 164, de fecha 7 de octubre de 2024, surge que el comercio se encuentra cerrado.
Que a fojas 93, la Dirección de Comercio eleva el informe de práctica, requiriendo registrar el traslado y posteriormente la baja del comercio.
Que a fojas 98, el Departamento de Rentas informa que no posee deuda.
Que a fojas 102 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese el traslado del comercio dedicado a la explotación del rubro “Prendas de Vestir - Accesorios”, denominación comercial “Inéditas”, perteneciente al señor Martín Licera - D.N.I. Nº 32.973.165, Contribuyente Nº 21055, Codificadores de Rentas Nº 62200-02 y 62200-07, NIS N° 1609074-01, T1G - Servicios Generales, no contando con empleados en relación de dependencia, al local comercial sito en calle Destouches Nº 220 de la localidad de General Villegas, individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Quinta 14, Fracción II, Parcela 1- Parcela Provisoria 1c, a partir del 5 de noviembre de 2019.
ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese la baja del comercio cuyos datos se enuncian en el artículo primero, a partir del 30 de septiembre de 2024, atento lo establecido por la legislación vigente y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 4593/13 Alcance 3.
ARTÍCULO TERCERO: Deléguese en la Dirección de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Seguridad, Dirección de Comercio, Dirección de Rentas, Departamento Centro de Cómputos, Procesamiento de la Recaudación y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.