Boletines/General Villegas

Resolución Nº433/25

Resolución Nº 433/25

Publicado en versión extractada

General Villegas, 30/05/2025

VISTO:

El Expediente Nº 9398/14, correspondiente a la Habilitación Municipal de un comercio, perteneciente a la señora Eliana Victoria Muñoz, dedicado a la explotación del rubro “Bazar - Regalería”, desde el 5 de noviembre de 2014; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente 9398/14 Alcance 4, agregado al principal como fojas 71, la titular solicita el traslado del mismo a calle Felipe Gómez Fernández Nº 797 de la localidad de Piedritas, a partir del 30 de septiembre de 2019.

Que por Expediente 9398/14 Alcance 5, agregado al principal como fojas 97, comunica la baja del mismo, desde el 30 de noviembre de 2023.

Que a fojas 101, mediante el Acta de Constatación Nº 11357, de fecha 18 de diciembre de 2023, surge que el comercio se encuentra cerrado.

Que a fojas 107, la Dirección de Comercio eleva el informe de práctica, requiriendo registrar el traslado y posteriormente la baja del comercio.

Que a fojas 109, el Departamento de Rentas informa que no posee deuda.

Que a fojas 113 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese el traslado del comercio dedicado a la explotación del rubro “Bazar - Regaleria”, denominación comercial “Doña Luisa”, perteneciente a la señora Eliana Victoria Muñoz - D.N.I. Nº 32.171.637, Contribuyente Nº 6375, Codificador de Rentas Nº 63100-02, Usuario N°2933 - Asociado N°2487 - T1G - Servicios Generales Bajos Consumos, no contando con empleados en relación de dependencia, al local comercial sito en calle Felipe Gómez Fernández Nº 797 de la localidad de Piedritas, individualizado catastralmente como Circunscripción VIII, Sección C, Manzana 25, Parcela 1a, a partir del 30 de septiembre de 2019.

ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese la baja del comercio cuyos datos se enuncian en el artículo primero, a partir del 30 de noviembre de 2023, atento lo establecido por la legislación vigente y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 9398/14.

ARTÍCULO TERCERO: Deléguese en la Dirección de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Seguridad, Dirección de Comercio, Dirección de Rentas, Departamento Centro de Cómputos, Procesamiento de la Recaudación y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.