Boletines/General Villegas
Resolución Nº 363/25
Publicado en versión extractada
General Villegas, 30/04/2025
VISTO:
El Expediente Nº 6724/22, iniciado por la señora Pilar Leiva, solicitando la habilitación municipal de un comercio dedicado a la explotación de los rubros “Cafetería - Bar sin show”, desde el día 22 de junio de 2022; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 25, obra el Acta de Inspección Nº 1182, realizada por la oficina de Bromatología, certificando que el mismo se encuentra en buenas condiciones edilicias y de higiene.
Que el Departamento Catastro a fojas 28, suministra los datos del inmueble donde funciona el comercio e indica que registra plano de obra aprobado.
Que por Expediente Nº 6724/22 Alcance 1, agregado al principal como fojas 45, la titular del comercio manifiesta que incorporó el rubro “Regalería”, a la actividad comercial principal, a partir del día 1 de agosto de 2023, aportando el pago de la tasa correspondiente.
Que por Expediente Nº 6724/22 Alcance 2, agregado al principal como foja 59, la titular solicita la transferencia del mismo a favor del señor Matías Parrota, desde el día 8 de enero de 2024.
Que a fojas 73 y 74, se adjunta el Acta de Inspección Nº12376 y el Censo de Comercio e Industria Nº12976, mediante el cual declara contar con un (1) empleado en relación de dependencia.
Que la División Comercio e Inspección interviene a fojas 79 y 80, solicitando se registre la habilitación, incorporación del anexo y la posterior transferencia del comercio.
Que a fojas 91, el Departamento de Rentas informa que registra no deuda en concepto.
Que a fojas 95 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que atento a ello, corresponde acceder a lo requerido.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la habilitación de un comercio dedicado a la explotación de los rubros “Cafetería - Bar sin show”, denominación comercial “Ficciones”, perteneciente a la señora Pilar Leiva - D.N.I. Nº 35.803.762, Codificador de Rentas Nº 63100-04, NIS Nº 1048102 - T1G - Servicios Generales, no contando con empleados en relación de dependencia, en el inmueble comercial ubicado en calle Mariano Moreno Nº 550 de esta ciudad, individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 36, Parcela 5a, fecha de apertura 22 de junio de 2022.
ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese la Incorporación del rubro “Regaleria”, Codificador de Rentas Nº 62200-08, a la actividad comercial principal mencionada en el Artículo Primero, desde el 1 de agosto de 2023.
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese la transferencia de la actividad comercial mencionada en el Artículo Primero a nombre del señor Matías Parrota, DNI Nº 33.547.438, a partir del 8 de enero de 2024.
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese la incorporación de un (1) empleado en relación de dependencia, al contribuyente mencionado precedentemente, desde el 20 de marzo de 2024, según Censo Nº 12976.
ARTÍCULO QUINTO: Autorízase a las oficinas competentes a liquidar la “Tasa por Uso de Espacio Público”, por diez (10) mesas con cuatro (4) sillas, desde el 21 de julio de 2022, conforme los Censos Nº 12038, 12573 y 12976.
ARTÍCULO SEXTO: La transferencia concedida en el artículo tercero, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia.
ARTÍCULO SEPTIMO: Hágase saber que es obligación del contribuyente comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.
ARTÍCULO OCTAVO: Deléguese en la Dirección de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente
ARTÍCULO NOVENO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Dirección de Comercio, Dirección de Rentas, Departamento Centro de Cómputos, Procesamiento de la Recaudación y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.