Boletines/General Villegas

Resolución Nº317/25

Resolución Nº 317/25

Publicado en versión extractada

General Villegas, 16/04/2025

VISTO:

El Expediente Nº 1913/02, correspondiente a la habilitación municipal de un comercio perteneciente a la señora María de los Ángeles Hernández dedicado a la explotación del rubro “Hotel, Residencial y Hospedaje”, Contribuyente Nº 211; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente Nº 1913/02 Alcance 1, agregado al anterior como foja 48, la titular solicita la transferencia del mismo a favor del señor Félix Carlos Cirigliano, desde el día 29 de marzo de 2005.

Que por Expediente Nº 1913/02 Alcance 2, agregado al anterior como foja 135, el titular comunica la baja de su actividad comercial, a partir del 1 de diciembre de 2024.

Que por Acta de Constatación Nº 313, se verifica que dicho comercio se encuentra cerrado.

Que a fojas 144, División Comercio e Inspección eleva el informe de práctica.

Que a fojas 150 el Departamento de Rentas, manifiesta que la contribuyente no registra deuda.

Que a fojas 150 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la transferencia del comercio dedicado a la explotación del rubro “Hotel, Residencial y Hospedaje”, denominación comercial “Hotel Rucalen”, perteneciente a la señora María de los Ángeles Hernández - D.N.I. Nº 14.805.370, Contribuyente N° 211, Codificador de Rentas Nº 63200-01, NIS Nº 1050157-01 - T1G - Servicios Generales, contando con seis (6) empleados en relación de dependencia en el inmueble comercial ubicado en calle Arenales Nº 321 de esta ciudad, individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 28, Parcela 25, a nombre del señor Félix Carlos Cirigliano, DNI Nº 12.290.247, a partir del 29 de marzo de 2005.

ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese la baja de dos (2) empleados en relación de dependencia, al contribuyente mencionado anteriormente, desde el 1 de junio de 2016, según Censo Nº 4566.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese la baja de cuatro (4) empleados en relación de dependencia, al contribuyente mencionado anteriormente, desde el 18 de diciembre de 2019, según Censo Nº 8347.

ARTÍCULO CUARTO: Regístrese la baja del contribuyente mencionado anteriormente, a partir del 1 de diciembre de 2024.

ARTÍCULO QUINTO: Deléguese en la Dirección de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO SEXTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Seguridad, Dirección de Comercio, Dirección de Rentas, Departamento Centro de Cómputos, Contaduría, Procesamiento de la Recaudación y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.