Boletines/General Villegas
Decreto Nº 2179/25
Publicado en versión extractada
General Villegas, 11/12/2025
VISTO:
El Expediente Nº 4189/25 Alcance 6, mediante el cual se tramitó la Licitación Pública Nº 9/25 destinada a la “Venta del 70% indiviso de un inmueble ubicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, sito en calle Pedro Moran Nº 4602, PB UF 2; y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión fue autorizado para su venta mediante Decreto Nº 2011/25, atento a que se declararon desiertos dos llamados a licitación pública para su enajenación.
Que de fojas 50 a 57, la Jefa Interina de Compras informa que se recepcionó una reserva y una oferta de compra por el citado bien, realizada por el señor Rodrigo Néstor Fisicaro, por cuenta y orden del señor Ricardo Néstor Fisicaro.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Acéptase la oferta formulada por el Sr. Ricardo Néstor Fisicaro, D.N.I. Nº 18.286.685, por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS (USD 52.500), o su equivalente en Pesos Argentinos al momento del pago, correspondiente a la venta del SETENTA POR CIENTO (70%) de los derechos sobre el inmueble ubicado en la calle Pedro Morán N° 4602, PB "D", UF 2, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por resultar dicha propuesta conveniente a los intereses municipales y ajustada a los valores base establecidos en el pliego licitatorio.
ARTÍCULO SEGUNDO: Déjase expresa constancia que el monto aceptado precedentemente surge de una oferta global por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETENTA Y CINCO MIL (USD 75.000) por el CIEN POR CIENTO (100%) del inmueble, no obstante lo cual la presente aceptación se limita exclusivamente al porcentaje licitado por la Municipalidad, conforme al legado oportunamente aceptado y a lo dispuesto por las Ordenanzas N° 6653 y 6680.
ARTÍCULO TERCERO: Autorízase a las oficinas municipales competentes a realizar todas las gestiones administrativas, legales, contables y registrales necesarias para la ejecución de lo dispuesto en el presente decreto, incluyendo la suscripción de la documentación pertinente, la percepción de los fondos, la intervención en el acto de escrituración y demás actos conducentes al perfeccionamiento de la operación.
ARTÍCULO CUARTO: Reconócese la intervención de la inmobiliaria actuante, conforme las condiciones establecidas en el Decreto 2011/25 y en los antecedentes del expediente, a los fines de la intermediación comercial de la operación, sin perjuicio de las competencias propias y excluyentes del Departamento Ejecutivo Municipal.
ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, Contaduría, Tesorería, Compras y Secretaría de Obras Públicas; cúmplase y archívese.