Boletines/Castelli
Decreto Nº 1079/2025
Castelli, 12/08/2025
IMPLEMENTACION DE LA SEGUNDA EDICION DEL PROGRAMA "TU PRIMER EXPERIENCIA LABORAL"
Visto
El Decreto N° 1455/19 convalidado por Ordenanza N°29/19 mediante el cual se creó en el ámbito de la Municipalidad de Castelli el Programa “Tu Primera Experiencia Laboral” destinado a estudiantes que cursen el último año de la educación secundaria en las escuelas del Distrito;
El censo universitario realizado a los alumnos del último año de la educación secundaria, que permitió relevar sus intereses formativos y trayectorias educativas posteriores;
El Programa de Gobierno “Puentes”, al cual adhirió la Municipalidad de Castelli, y que se articula a través del Instituto Municipal de Robótica e Innovación Tecnológica (IMIT), mediante el cual se creó un Centro Universitario donde se dictan diplomaturas, tecnicaturas y licenciaturas; y
Considerando
Que el Programa “Tu Primera Experiencia Laboral” tiene por objeto la realización de actividades relacionadas con la formación de los estudiantes, garantizando el acceso a una base de capacidades y saberes que les permitan su inserción en el mundo del trabajo y el aprendizaje permanente.
Que las prácticas formativas constituyen un puente entre la educación y el trabajo, posibilitando que los estudiantes se inserten activamente en la sociedad, desarrollando el espíritu colaborativo y cooperativo en pos de objetivos comunes para beneficio de la comunidad.
Que el trabajo digno, entendido como proceso productivo colaborativo, no persigue el bien individual sino el bien común, y en ese marco se inscriben estas prácticas educativas.
Que la formación integral de los jóvenes requiere no sólo la adquisición de conocimientos teóricos, sino también el desarrollo de capacidades que permitan aplicar lo aprendido en tareas concretas del mundo real, incorporando el manejo de dispositivos y herramientas tecnológicas.
Que una nueva edición del Programa Municipal que facilite a los estudiantes su primera experiencia laboral contribuye a su formación técnica y personal, fortaleciendo valores que los preparan como ciudadanos responsables y comprometidos.
Que esta administración municipal sostiene como política pública la articulación entre el valor del trabajo, la cultura escolar, las prácticas educativas y los procesos de enseñanza-aprendizaje, fortaleciendo las trayectorias estudiantiles con experiencias significativas en ámbitos reales de trabajo.
Que resulta necesario implementar una nueva edición del Programa “Tu Primera Experiencia Laboral”, aprovechando la información recabada en el censo universitario y las oportunidades formativas generadas a partir del Centro Universitario local creado mediante el Programa “Puentes”.
Que la Municipalidad cuenta con las herramientas institucionales previstas en el Convenio Colectivo de Trabajo vigente aprobado por Ordenanza N° 02/17 (conforme Ley 14.656), para incorporar de carácter excepcional y temporario, como vía reglamentaria de las prácticas formativas, a aquellos estudiantes de 5° año de nivel secundario que voluntariamente, y con autorización de sus padres y/o representantes legales, deseen participar del Programa.
EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Dispóngase la implementación de la segunda edición del Programa “Tu Primera Experiencia Laboral” creado por Decreto N° 1455/19 en el ámbito de la Municipalidad de Castelli, destinado a estudiantes que se encuentren cursando el último año de la educación secundaria en las instituciones educativas del Distrito, el cual tendrá una duración de dos (2) meses.
ARTÍCULO 2°: Autorízase la incorporación, con carácter excepcional y temporario, de los estudiantes mencionados en el artículo anterior, para la realización de prácticas formativas en distintas áreas de la administración municipal, bajo la supervisión de un responsable designado por el Departamento Ejecutivo.
ARTÍCULO 3°: Establézcase que la selección de las áreas donde realizarán las prácticas los participantes se realizará considerando la información relevada en el censo universitario, procurando asignaciones que fortalezcan sus intereses vocacionales y las ofertas formativas del Centro Universitario Municipal.
ARTÍCULO 4°: Los estudiantes que sean menores de edad deberán contar con la autorización expresa de sus padres, madres y/o representantes legales, así como con la certificación de su condición de alumno regular de 5° año de nivel secundario.
ARTÍCULO 5°: Notifíquese, regístrese, comuníquese a las instituciones educativas y, cumplido, archívese.
CASTELLI, 12 de agosto de 2025.
ANEXO I
Juan Navarro
Alejandro Velazco Avalos
Camila Martinez
Manuel Polo
Ayelen Stefania Fourcade
Juana Menchacabasco
Nicolas Minghetti
Maia Pereyra
Matias Yarossi
Isabella Ritucci
Brunella Mercuri
Damian Casamayor
Paulina Camara
Manuel Porrez
Valeria Orruño
Lucia Gonzalia
Amparo Guerra Avila
Anahi Macias
Mathias Fabian Delao
Valentina Marquez
Juan Manuel Fernandez
Aylen Solana Vivardo
Bautista Penoni
Luisina Cámara
Delfina Dupont
Thiago Miranda
Lautaro Torchioi
Araceli Ortiz
Valentina Judith Guerra
Luca Sanchez
Milena Rodriguez
Ulises Penoni
Felicitas Nahiara Mansur
Sheila Lopez
Tiziana Sueldo
Santiago Capella
Ursula Lacrua
Jasmin Gala Pintos
Lucas Piaggio
Amparo Rolón
Micaela Vammalle
Kevin Benjamin Lucero
Liz Collela
Tomas de Dominicis Colella
Agustín Rivero
Bruno Baldi
Azucena Mariel Hidalgo