Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 115/2026
Coronel Rosales, 18/03/2026
Visto
El EX-2025-00102022-MUNICRO-DME#SG (Expediente N° S-218/25), correspondiente a la Licitación Pública Nº 07/2025 instrumentada para la adjudicación de la Obra denominada "Nueva Instalación Eléctrica en Talleres en Escuela Educación Técnica N° 1", y
Considerando
Que mediante Decreto Nº 621/2025 se dispuso el llamado a Licitación Pública Nº 07/2025 para la Obra denominada “Nueva instalación eléctrica en talleres de la Escuela Educación Técnica Nº 1”, aprobándose en dicho acto Pliego de Bases y Condiciones a tal efecto. –
Que tal como se acredita en estas actuaciones, se ha dado cumplimiento con los Arts. 13, 45 y 97 del RAFAM y Arts. 123, 124 y 157 del Reglamento de Contabilidad
Que con fecha 30/01/2026 se procedió a la apertura de ofertas, donde se constató la presentación de tres ofertas; la primera perteneciente a CARION CONSTRUCCIONES S.A., la segunda a COMADAR S.R.L. y la tercera a TALLERES BJ IRRAZABAL S.A.-
Que obra en autos dictamen legal en relación a los presupuestos de validez exigidos por la documentación licitatoria, Ley de Obras Públicas de la Pcia. de Buenos Aires (Ley 6021) y Ley Orgánica de las Municipalidades (Dto. Ley Nº 6769/58), respecto de las ofertas presentadas.-
Que por Resolución N° 83/2026 de fecha 20/02/2026, se dispuso declarar inadmisible la oferta correspondiente al oferente TALLERES BJ IRRAZABAL S.A., e intimar a en los términos de los Arts. 29, 26 y ccss. del PBCG a los oferentes CARION CONSTRUCCIONES S.A. y COMADAR S.R.L. para que en el plazo de cinco (5) días adjunte Antecedentes de Obras Similares -el primero- y Libre Deuda Municipal, Antecedentes de Obras Similares, Contrato con Representante Técnico, Aporte CAAITBA y Listado de Equipos a Utilizar -al segundo-, bajo apercibimiento de tener por retractadas las ofertas y proceder a aplicar la sanción que establece el Art. 26 del PBCG (Art 29 del PBCG)-
Que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos da cuenta que las oferentes CARION CONSTRUCCIONES S.A. y COMADAR S.R.L., dieron cumplimiento en plazo con la intimación formulada y adjuntaron la documentación requerida la que, analizada por dicha dependencia, considero que ambas ofertas resultan admisibles, por lo cual aconsejó adjudicar la obra a la empresa COMADAR S.R.L por la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTITRES CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 183.268.423,65), por resultar, a su criterio, la oferta válida mas conveniente, dado que su cotización se encuentra dentro de los parámetros y valores actuales de mercado analizados. –
Que se ha cumplido lo dispuesto por los Arts. 132, 133 y cctes. de la Ley Orgánica de las Municipalidades y Arts. 104 y cctes. del Decreto Provincial Nº 2980/00- RAFAM). –
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudicar a COMADAR S.R.L. (CUIT 30-71823860-5) la Licitación Pública Nº 07/2025 instrumentada para la ejecución de la Obra denominada Nueva instalación eléctrica en talleres de la Escuela Educación Técnica Nº 1” por la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTITRES CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS. ($183.268.423,65), con un plazo de ejecución de obra de sesenta (60) días contados a partir de la suscripción del Acta de Inicio de Obra. –
ARTICULO 2º: Notifíquese el presente acto administrativo e intimase al adjudicatario para que comparezca al Área de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales en el término de treinta (30) días corridos, contados desde su notificación, con la documentación exigida por los Arts. 40 y 41 del PBCG y demás documentación que fuere requerida por el Pliego de Bases y Condiciones a efectos de proceder a la suscripción del pertinente Contrato de Obra.-
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Obras y Servicios Públicos. –
ARTICULO 4º: Regístrese. Tome conocimiento la Totalidad de las Secretarías, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Notifíquese en la forma de estilo a la firma adjudicataria y a las restantes firmas participantes. - Hecho, resérvese. –
DECRETO Nº115/2026