Boletines/Daireaux
Decreto Nº 690/18
Daireaux, 28/06/2018
Visto
El Expediente Administrativo Nro. 4022-8709/18, instrumentado por petición de fecha 12 de Junio de 2018, y
Considerando
Que a Fs. 1 las autoridades de la Escuela de la Familia Agrícola “Colonia El Pincen” de la Localidad de Salazar, presenta una petición de apoyo económico que permita la cancelación de la factura nro. 0001-00001838 obrante a Fs. 2, la que no ha podido ser cancelada al dia de la fecha, y que tiene su origen en la compra de combustible para el Mini Bus de la Entidad en el cual sus alumnos realizan diferentes viajes de estudio;
Que a fin de permitir un acabado estudio de la solicitud planteada por la Institución, se solicita informe al Registro de Entidades de Bien Público el que certifica que la Entidad se encuentra inscripta como Entidad de Bien Publico bajo el Nro. 25 Bis /81 adjuntando copia de autoridades de la misma, Acta de Constitución etc. tal lo establecido en el Articulo 4º y 5º de la Ordenanza Nº 326/91, ostentando el cargo de Presidente la Sra. Nelly Maria Keccy de Pnatanalli, y de Tesorera la Sra. Edel Rojas – DNI Nro. 23.817.869 - (Fs. 8);
Que el Articulo 131º del Reglamento de Contabilidad establece que “ Toda entidad ajena a la comuna que reciba de ésta, sumas de dinero en concepto de subvención o subsidio, queda obligada a rendir cuentas de las mismas. Las rendiciones se instrumentarán con documentos o, en su defecto, con balances donde conste el ingreso y la inversión o destino de los fondos recibidos”;
Que a su vez el Articulo 132º de la citada norma dispone “ La falta de rendición de cuentas constituye causa para privar a las entidad remisa del derecho a percibir nuevos beneficios. La Contaduría observará y no dará curso a disposiciones del D. E. que ordenen nuevas entregas mientras subsista la causal señalada. En caso de insistencia del D.E., éste será responsable”;
Que el Municipio cuenta con fondos provenientes del “Fondo Educativo 2018” afectado a la atención de las demandas ligadas directamente a la función educativa, según lo dispuesto por el Articulo 49º del Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Provincial 2018 que dice: “…Establécese que el 16,14% de los recursos de afectación especifica que perciba la Provincia en virtud de la vigencia durante el el Ejercicio Fiscal 2018 del artículo 7º de la ley Nacional Nº 26.075, para cubrir gastos estrictamente ligados a la finalidad y función de educación – abarcando a la educación formal como a la educación no formal….:” “;
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTICULO 1º. Abónese a la Asociación Cooperadora de la Familia Agrícola “Colonia El Pincen” – Entidad de Bien Público Nro. 25Bis/81 - , la suma de Pesos cinco mil ($ 5000,00) , conforme se expone en los Considerandos del presente, de acuerdo a lo actuado por Expediente Administrativo Nro. 4022-8709/18 .
ARTÍCULO 2º. El gasto que origine el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1º del presente, se atenderá con cargo a la partida presupuestaria informada por la Contaduría Municipal:-
Jurisdicción 1110104000 Secretaria de Producción –
Programa 18 Política educativa Local –
Subprograma 01 Proyectos Educativos –
Partida: 5.1.5.0. “Transferencias a Instituciones de Enseñanza” –
Fuente de Financiamiento: 132 -.-
ARTICULO 3º. La entidad beneficiaria deberá confeccionar y elevar en un plazo no mayor de quince (15) días de recibido el beneficio a que se da lugar por el presente, la correspondiente rendición de cuentas de la inversión del subsidio recibido, debiendo presentar documentación veraz y que cumpla con los requisitos legales, en el marco de lo establecido en el Articulo 131º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, firmada por el Presidente y Tesorero de la Entidad, caso contrario constituye causa para privar a la institución de percibir nuevos beneficios.--
ARTICULO 4º. COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.-