Boletines/Daireaux

Decreto Nº685/18

Decreto Nº 685/18

Daireaux, 27/06/2018

Visto

El oficio librado por el Juzgado de Paz Letrado de Daireaux, en autos caratulados “ TREJO, Analia Beatriz c/CARABAJAL, Edgardo Gaston s/Incidente de Alimentos (Aumento de cuota Alimentaria)- Expte. Nro.12.178/18-“, conformado el Expediente administrativo Nro. 4022-8704/18, solicitando se trabe embargo por el porcentaje de ley sobe los haberes que percibe el agente Carabajal Edgardo Gaston – DNI Nro. 24.344.641 – hasta cubrir la suma de $ 4.000 mensuales, y se deposite en la cuenta judicial abierta en el Banco de la Provincia de Buenos Aires -Sucursal Daireaux -, y

Considerando

Que a Fs. 3 obra el informe de la Dirección de Personal, donde se agregan los datos del agente y que correspondería ampliar el embargo, como asi también comunica que mismo será por el importe de $ 4000.00, según se ordena;

 

Que la Dirección de Asuntos Legales se expide a Fs. 6 avalando se proceda a descontar mensualmente el importe de $ 4000.00 sobre los haberes que percibe el agente Carabajal Edgardo Gaston, hasta cubrir la suma consignada y se deposite en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal local, Cta. Nro. 6824-027-0500261/2 – CBU 0140370927682450026127 – requerido por el Juzgado interviniente;

 

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

 

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

 

D  E  C  R  E  T  A

ARTICULO 1º.  Autorízase a la Dirección de Personal a retener de los haberes que percibe el agente CARABAJAL EDGARDO GASTON – DNI NRO. 24.344.641 – LEGAJO NRO.   1647 – Personal de Planta Permanente – Categoría 16- , Jurisdicción 1110107000 Secretaria de Gobierno – Programa 18 Bromatología e Inspección Gral -, la suma de Pesos cuatro mil ($ 4.000) mensuales deducidos los descuentos obligatorios de Ley, conforme lo ordenado en oficio librado por el Juzgado de Paz Letrado de Daireaux, en autos caratulados “TREJO Analía Beatriz c/CARABAJAL Edgardo Gastón s/Incidente de Alimentos (Aumento de cuota Alimentaria) Expte. Nº 12.178/18”, conforme los actuados por Expediente Administrativo Nro. 4022-8704/18.

 

ARTICULO 2º.  La Tesorería Municipal deberá depositar el monto que se origine en el Articulo Primero, en la Cuenta Judicial Nro. Nro. 6824-027-0500261/2 – CBU 0140370927682450026127 – del Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Daireaux, y para los autos aludidos precedentemente.

 

ARTICULO 3º.  Remítase copia al Juzgado interviniente, y gírese a la Dirección de Personal a fin de que proceda al efecto.-

 

ARTICULO 4º. COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARVHIVESE.--