Boletines/Daireaux

Decreto Nº649/18

Decreto Nº 649/18

Daireaux, 15/06/2018

Visto

El Expediente Administrativo Nro. 4022-8700/18, y

Considerando

Que el mismo se instrumentó con fecha 12 de Junio de 2018;

 

Que a Fs. 1 obra nota presentada con fecha 04 de Junio de 2018 por  la entidad Bomberos Voluntarios Daireaux  solicitando el estudio de la posibilidad de que se le otorgue un subsidio, que estaría afectado a la cancelación de facturas provenientes de la compra de pintura para sus instalaciones, copia de las cuales se agregan a los actuados ;

 

Que desde siempre vienen cumpliendo una de las funciones mas nobles y honrosas del ser humano en comunidad: arriesgar su vida por el prójimo, participando en la sofocación de incendios, accidentes, siniestros climatológicos, entre otras muchísimas acciones, lo que hace de Bomberos Voluntarios una de las instituciones más prestigiosas de la comunidad;

 

Que el Articulo 131º del Reglamento de Contabilidad establece que  “ Toda entidad ajena a la comuna que reciba de ésta, sumas de dinero en concepto de subvención o subsidio, queda obligada a rendir cuentas de las mismas. Las rendiciones se instrumentarán con documentos o, en su defecto, con balances donde conste el ingreso y la inversión o destino de los fondos recibidos”;

 

Que a su vez el Articulo 132º de la citada norma dispone : “La falta de rendición de cuentas constituye causa para privar a las entidad remisa del derecho a percibir nuevos beneficios. La Contaduría observará y no dará curso a disposiciones del D. E. que ordenen nuevas entregas mientras subsista la causal señalada. En caso de insistencia del D.E., éste será responsable”;

 

Que el Registro de Entidades de Bien Publico Municipal certifica a Fs. 11 que la Institución cumple en tiempo y forma con la presentación de la documentación que permite mantener en vigencia su registro, en cumplimiento con las normas vigentes al efecto, adjuntando copia de Acta Constitutiva y Estatuto, ultima nómina de autoridades en vigencia y Balance al 31 de Diciembre de 2016, dándose cumplimiento a la Ordenanza Nº 326/91;

 

Que debe dictarse el acto administrativo pertinente;

 

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

 

D  E  C  R  E  T  A

ARTICULO 1º. Otorgase Asociación de Bomberos Voluntarios Daireaux - , la suma de  Pesos sesenta y cinco mil novecientos ochenta y seis ($ 65.986,96) en carácter de subsidio conforme  lo actuado por Expediente Administrativo Nro. 4022-8700/18.

 

ARTICULO 2º. El gasto que origine el otorgamiento del subsidio dispuesto por el Articulo 1º del presente será atendido con recursos provenientes de la Partida del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos 2018, informada por la Contaduría Municipal:--

Jurisdicción 1110102000 Administración Central –

Programa 01  – Desarrollo y Coordinación de Políticas Municipales .-

Partida: 5.1.7.0. Transferencias a otras instituciones  culturales y sociales sin fines de lucro” .-

Fuente de Financiamiento: 110.-

 

ARTICULO 3º. La entidad beneficiaria deberá confeccionar y elevar en un plazo no mayor  de quince (15) días de recibido el beneficio a que se da lugar por el presente, la correspondiente rendición de cuentas de la inversión del subsidio recibido en cada caso, debiendo presentar documentación veraz y que cumpla con los requisitos legales, en el marco de lo establecido en el Articulo 131º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, firmada por el Presidente y Tesorero de la Entidad, caso contrario constituye causa para privar a la institución de percibir nuevos beneficios.-

 

ARTICULO 4º. COMUNIQUESE,   TOMEN   RAZON   QUIENES   CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE .-