Boletines/Daireaux

Decreto Nº638/18

Decreto Nº 638/18

Daireaux, 12/06/2018

Visto

La petición presentada por la Secretaria de Desarrollo Social, en la que solicita se le brinde apoyo económico a los Jóvenes: Alvarez Agostina – DNI Nro. 39.555.361 – ,  Bassi Marcio – DNI Nro. 39.555.346 - , Pineda Victoria Ines – DNI Nro. 36.793.395 –,  y Ruiz Camila Lujan – DNI Nro. 40.347.959 -,

Considerando

Que los mismos se encuentran cursando una Carrera Terciaria ó Universitaria, según corresponda, encontrándose impedidos de abonar los gastos que se le originan provenientes de materiales de estudio, traslado, etc., como consecuencia de la falta de recursos económicos de su grupo familiar;

 

Que la ayuda económica a que se alude revierte una función muy importante para cada estudiante, toda vez que les permite continuar con sus estudios facilitando la graduación, en el marco de principios de calidad, solidaridad, equidad, diversidad y justicia social; 

 

Que la educación y el acceso a la misma es un derecho de todos y cada uno de los habitantes en igualdad y equidad de condiciones, tal como lo expresa el Articulo 2º de la Ley Nacional de Educación Nº 26.206 : “la educación y el conocimiento son un bien publico y un derecho personal y social que debe ser garantizado..:”  y bajo estos principios este Departamento Ejecutivo considera que debe prestarse un apoyo financiero con carácter de aporte que permita y facilite la continuación, de parte de los alumnos, del curso y/o carrera en la que se encuentren anotados;

 

Que la Contaduría Municipal se ha expedido informando que el Municipio cuenta con fondos provenientes del “Fondo Educativo 2018” afectado a la atención de las demandas ligadas directamente a la función educativa, según lo dispuesto por el Articulo 49º del Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Provincial 2018 que dice: “…Establécese que el 16,14% de los recursos de afectación especifica que perciba la Provincia en virtud de la vigencia durante el  el Ejercicio Fiscal 2018 del artículo 7º de la ley Nacional Nº 26.075,  para cubrir gastos estrictamente ligados a la finalidad y función de educación – abarcando a la educación formal como a la educación no formal….:”;

 

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

 

D  E  C  R  E  T  A

ARTICULO 1º. Otorgase a los Jóvenes que se mencionan una ayuda económica en concepto de Beca del monto que para cada caso se asigna, de acuerdo a los fundamentos vertidos en los Considerandos del presente .-

 

  1. Ruiz Camila Lujan – DNI Nro. 40.347.959 – Totoras S/N - $ 800.00.-
  2. Pineda Victoria – DNI Nro. 36.793.395 – M. Arana 298  -$ 800.00.-
  3. Bassi Marcio  - DNI Nro. 39.555.346 – A. Palacios 255 - $ 1000.00.-
  4. Alvarez Agostina – DNI Nro. 39.555.361 – J.J. Paso 1020 - $ 1500.00.-

 

ARTICULO 2º.  Por Tesorería Municipal, previa intervención de la Contaduría Municipal, procédase conforme el Articulo 1º.

 

ARTICULO 3º. El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo precedente, se  atenderá con cargo a la partida presupuestaria del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos 2018 (Ordenanza Nº 2236/17):-

JURISDICCIÓN 1110104000 Secretaria de Desarrollo –

Programa:  18 Política Educativa Local  –

Subprograma: 07 Becas Municipales - 

Partida: 5.1.3.0. “Becas” .-

Fondo de Financiamiento: 132

 

ARTICULO 4º. COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.-