Boletines/Arrecifes

Ordenanza Nº3775/25

Ordenanza Nº 3775/25

Arrecifes, 27/11/2025

VISTO:

 

El Expediente Nro. 12.015/25 relacionado con la nota presentada por alumnos de 6° año, 1ra. división de la Escuela de Educación Agraria Nro. 1 “Martín Fierro” de la ciudad de Arrecifes; mediante la cual solicitan autorización para la realización de un Mural de Cemento (incisión bajo relieve).-

Que la obra mencionada se llevará a cabo entre los alumnos y el artista plástico Miguel Ángel Gasparini de la ciudad de San Antonio de Areco y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que el mencionado proyecto surge de la necesidad de resignificar la memoria como una práctica activa, situada y transformadora, la cual no se limita solamente al paso, sino que además interpela el presente.-

Que en tal sentido debe entenderse la memoria como una construcción colectiva que se actualiza en cada generación.-

 

Que esa memoria debe expresarse en los espacios públicos como territorio de disputa simbólica y política.-

 

Que la obra tiende a generar un puente entre la historia nacional y las memorias locales articulando los saberes escolares con las experiencias territoriales y comunitarias.-

 

Que conforme se sostiene en la presentación, desde un enfoque pedagógico la iniciativa se enmarca en una concepción de la enseñanza como práctica crítica, situada y transformadora, promoviendo la formación de sujetos reflexivos, comprometidos y capaces de participar activamente en su comunidad.-

 

Que para la construcción de la memoria colectiva los alumnos han propuesto que el Mural conmemore a las víctimas de la tragedia ocurrida en la confitería bailable denominada “República de Cromañon” el 30 de diciembre de 2004.-

 

República de Cromañon: El 30 de diciembre de 2004 ocurrió un incendio en el boliche “República de Cromañón”, ubicado en el barrio de Once de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Esa noche perdieron la vida 194 jóvenes que habían asistido a un recital del grupo de rock Callejeros. Además, hubo 1400 personas heridas, muchas con diversas secuelas físicas y psicológicas. Casi todos los fallecimientos se produjeron por la inhalación de monóxido de carbono y ácido cianhídrico, y cerca de la mitad por haber regresado al boliche a intentar ayudar a otras personas. Es de destacar en medio del peligro y el desamparo, las y los jóvenes sostuvieron vínculos de solidaridad.

En 2005, mediante el Decreto 391, la provincia de Buenos Aires estableció el 30 de marzo como efeméride escolar para “conmemorar a las víctimas de la tragedia acaecida en la confitería bailable denominada República de Cromañón”. 

Se dispuso dicha fecha porque es el primer día número 30 de un mes regular de clases en el cual se pueden realizar acciones conmemorativas en las escuelas y, de este modo, invitar a recordar a las víctimas y fortalecer la memoria colectiva, con centralidad en la protección y las políticas de cuidado para que este tipo de acontecimientos no vuelva repetirse.

A más de 20 años de lo ocurrido, las instituciones educativas constituyen un espacio destacado para ponderar el valor de la vida y abordar la responsabilidad del Estado como garante de los derechos de la ciudadanía.”

 

Que en cuanto al lugar de ubicación del Mural, inicialmente la propuesta comprendía el cruce de las Avdas. Belgrano y Dr. Carlos Merlassino de nuestra ciudad.-

 

Que en la reunión mantenida con alumnos y docentes junto a miembros de las comisiones internas de Obras y Servicios Públicos y Cultura, Educación, Turismo y Deportes; se acordaron cuestiones específicas tales como las dimensiones del mural y otros posibles lugares de emplazamientos.-

 

Que en ese orden posteriormente la entidad educativa confirma mediante presentación realizada al efecto la medida, cuyas dimensiones serán de 0,90 cm de ancho por 2,00 mts. de alto.-

 

Que en cuanto al lugar de emplazamiento el mismo se llevará a cabo en la Plazoleta Norberto Habegger, espacio de la Memoria por la Verdad y la Justicia, sito en avda. Juan Domingo Perón y Avda. Belgrano de nuestra ciudad.-

 

Que en el referido lugar el Mural formaría parte de un espacio de fortalecimiento de la memoria colectiva y la reflexión acerca de la justicia.-

 

Por lo expuesto:

 

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

 

ORDENANZA

Artículo 1°: Autorizase a las autoridades Educativas y Alumnos de la Escuela de Educación Secundaria Agraria Nro. 1 del distrito de Arrecifes “Martín Fierro”, la construcción de un MURAL DE CEMENTO (incisión bajo relieve), en la plazoleta Norberto Habegger – Espacio de la Memoria por la Verdad y la Justicia de nuestra ciudad.-

 

Artículo 2°: La obra dispuesta en el artículo precedente tiene como objetivo principal revalorizar o dar un nuevo sentido a la memoria como una práctica activa, situada y transformadora, la cual no se limita solamente al paso, sino la interpelación del presente.-

 

Artículo 3°: El Mural conmemorará a las víctimas de la tragedia ocurrida en la confitería denominada “República de Cromañon” el 30 de diciembre de 2004. Habiendo sido posteriormente establecido el día 30 de marzo cada año, mediante Decreto Nro. 391/05 de la provincia de Buenos Aires, como efeméride escolar para conmemorar a las víctimas de la tragedia en la mencionada confitería.-

 

Artículo 4°: Incorpórese como Anexo I de la presente disposición croquis referente a la ubicación y diseño del Mural.-

 

Artículo 5°: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ordenanza serán imputados a las partidas que correspondan, según el objeto del gasto del presupuesto de gastos y cálculo de recursos 2026.-

 

Artículo 6°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 19° SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA VEINTISEIS (26) DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.-                                                                                                                                                                                                                                           

 

Arrecifes, 27 de Noviembre de 2025.-  

 

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

 

 

   FABIAN CESAR REYNA                                                             FRANCISCO JOSÉ BÓVEDA

                                                                                Secretario                                                                                       Presidente

                                                               Honorable Concejo Deliberante                                                 Honorable Concejo Deliberante