Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 274
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 05/03/2026
VISTO el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la Redeterminación de Precios Definitiva del ANTICIPO FINANCIERO, CERTIFICADO N°1, N°2, N°3 y ADICIONAL N° 1 de la obra: "INSTALACIÓN DE RED DE GAS Y TAREAS VARIAS EN 2 MUSEOS", ejecutada por la empresa VIGATA CONSTRUCCIONES S.A.; y,
CONSIDERANDO:
Que a fojas 30 el Departamento Proyectos y Obras informa que de acuerdo a lo estipulado por los Art. 18 y sigs. de la Ordenanza N° 20986, atento que la obra se encuentra finalizada y se disponen de los índices definitivos, eleva los cálculos finales definitivos consignando las diferencias que en más o en menos correspondan, y se procede a la revisión completa de todos los factores de ajuste aplicados en el proceso de certificación.-
Que se elevan planillas de análisis de Precios Redeterminados en forma Definitiva del ANTICIPO FINANCIERO, CERTIFICADO N°1, N°2 y N°3 y ADICIONAL N° 1 para la obra a cargo de la Empresa VIGATA CONSTRUCCIONES S.A., cuya Fecha de Licitación - Mes Base fue el 25/03/2024, la Fecha de Contrato el 10/06/2024, y con un Plazo de obra de 75 días.-
Que en el caso del certificado redeterminado del ANTICIPO FINANCIERO; el mes de Facturación fue Junio 2024, el mes de corte fue Junio 2024, con una redeterminación definitiva de $318.166,27; del CERTIFICADO N° 1, el mes de ejecución fue Julio 2024, el mes de corte fue Junio 2024 (en el que no ha superado el 90% del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado, por el que se toma el valor de cotización de los últimos índices correspondientes al último mes certificado y redeterminado), con una redeterminación definitiva de $140.673,03; el CERTIFICADO N°2, el mes de ejecución fue Agosto 2024, el mes de corte fue Agosto 2024 (en el que ha superado el 90% del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado), con un importe de la redeterminación provisoria de $906.164,00, con una redeterminación definitiva de $902.363,35 y una diferencia en menos de $3.800,65; el CERTIFICADO N° 3, el mes de ejecución fue Septiembre 2024, el mes de corte fue Septiembre 2024 (en el que ha superado el 90% del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado), con un importe de la redeterminación provisoria de $535.670,01, con una redeterminación definitiva de $534.547,70 y una diferencia en menos de $1.122,31; el ADICIONAL N° 1, el mes de ejecución fue Abril 2025 2025, el mes de corte fue Abril 2025 (en el que ha superado el 90% del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado), con una redeterminación definitiva de $606.923,48. El resultado arroja un total a abonar de $1.060.839,82.-
Que el Departamento Proyectos y Obras sugiere que la Redeterminación deberá abonarse por un monto de PESOS UN MILLÓN SESENTA MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS ($1.060.839,82).-
Que conforme se desprende del certificado obrante a fs. 50, la empresa presentó pólizas de la Compañía de Seguros Evolución Seguros S.A. N° 352.633 de $765.000 en concepto de Garantía de Contrato y N° 359.242-1 de $135.000 en concepto de Garantía de Fondo de Reparo.-
Que, el Departamento Técnico considera que debería remitirse el presente acto al Secretario de Economía para su refrende.
Que a fs. 61/62 obra Acta Acuerdo. A través de la misma, ambas partes convienen los precios redeterminados que constan en el Anexo I para la obra motivo de las presentes actuaciones. Este procedimiento se encuentra plasmado en los artículos 20°, 21° y 22° de la normativa nombrada.-
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Convalidar el procedimiento de redeterminación de precios definitiva de la obra: "INSTALACIÓN DE RED DE GAS Y TAREAS VARIAS EN 2 MUSEOS", correspondiente al ANTICIPO FINANCIERO, CERTIFICADO N°1, N°2, N°3 y ADICIONAL N° 1 por un monto de PESOS DIECISIETE MILLONES SETECIENTOS DIECISÉIS MIL CUARENTA Y DOS CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($17.716.042,97), conforme el Acta Acuerdo y su Anexo I obrante a fojas 61/62 del presente expediente y en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 22º de la ordenanza N°20.986.-
ARTÍCULO 2°: Abonar el monto de PESOS UN MILLÓN SESENTA MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS ($1.060.839,82), correspondiente a la diferencia de los cálculos finales de la redeterminación de precios definitiva del ANTICIPO FINANCIERO, CERTIFICADO N°1, N°2, N°3 y ADICIONAL N° 1, de la obra: “INSTALACIÓN DE RED DE GAS Y TAREAS VARIAS EN 2 MUSEOS", en un todo de acuerdo con la Cláusula Tercera del Acta Acuerdo y su Anexo I, obrante a fojas 61/62, considerandos y antecedentes obrantes en expediente Nº 416R-1145-2024-2.-
ARTÍCULO 3º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 131, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 51.54.00, Gasto 4.2.1.0 del Presupuesto de Gastos vigente
ARTÍCULO 4º: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía.-
ARTÍCULO 5º: Cúmplase, publíquese; dése al RO.; notifíquese a la empresa interesada; tomen nota Subdirección de Presupuesto, Departamento Contaduría General, Departamento Proyectos y Obras. Cumplido RESERVESE en el Departamento Proyectos y Obras.-