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Decreto Nº011/2026

Decreto Nº 011/2026

Salto, 13/03/2026

Visto

El reglamento interno del Honorable Concejo Deliberante de Salto y la necesidad de abordar asuntos específicos que requieren atención especializada; y

Considerando

 QUE el Artículo 37° del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante faculta a su Presidente a disponer la creación de comisiones especiales para el tratamiento de asuntos determinados;

             QUE mediante la Ordenanza N° 063/99 y sus modificatorias se reglamenta el funcionamiento y el estatuto de las Sociedades de Fomento del Partido de Salto;

            QUE el Artículo 13° de la citada Ordenanza establece el procedimiento para la convocatoria, organización y fiscalización de las asambleas destinadas a la elección de autoridades de las Sociedades de Fomento;

            QUE resulta conveniente conformar una comisión especial que permita organizar y dinamizar las tareas vinculadas con dichos procesos, garantizando la participación vecinal, la conformación de una comisión veedora, la correcta recepción y análisis de la documentación pertinente, así como el adecuado desarrollo de los actos eleccionarios;

           QUE, asimismo, los procesos de regularización dominial constituyen un volumen significativo de los expedientes en estado parlamentario, requiriendo un abordaje específico que permita optimizar su tratamiento legislativo;

           QUE tales procesos forman parte de políticas públicas de alto impacto social, orientadas a garantizar la seguridad jurídica en la tenencia de la vivienda y el acceso a la titularidad dominial;

           QUE, en virtud de lo expuesto, resulta pertinente la creación de comisiones especiales destinadas al tratamiento de las materias señaladas;

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona el siguiente:

DECRETO

 

ARTÍCULO 1º - Créase en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante de Salto la Comisión Especial de Sociedades de Fomento, la cual tendrá como función intervenir en el proceso de convocatoria, organización, fiscalización y desarrollo de las asambleas destinadas a la elección de autoridades de las Sociedades de Fomento, conforme a lo establecido en el artículo 13° de la Ordenanza N° 063/99 y sus modificatorias. -

 

ARTÍCULO 2º - Créase en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante de Salto la Comisión Especial de Regularización Dominial, la cual tendrá competencia para el análisis, tratamiento, despacho y seguimiento de los expedientes vinculados con procesos de regularización dominial que tramiten ante este Honorable Cuerpo, incluyendo aquellos relacionados con la adjudicación, escrituración social, saneamiento y consolidación del dominio de inmuebles destinados a vivienda única, familiar y de ocupación permanente.-

 

 

ARTÍCULO 3º - Las comisiones especiales creadas por el presente decreto estarán integradas por hasta seis (6) concejales, debiendo garantizarse la

representación proporcional de los distintos bloques políticos que integran el Honorable Concejo Deliberante. -

 

ARTÍCULO 4° - Las comisiones se constituirán una vez designados sus integrantes, debiendo elegir entre sus miembros un Presidente y un Secretario, circunstancia que será comunicada al Honorable Concejo Deliberante. -

 

ARTÍCULO 5° - Las comisiones especiales creadas por el presente decreto mantendrán su funcionamiento hasta tanto el Honorable Concejo Deliberante disponga su disolución. -

 

ARTÍCULO 6° - Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; cumplido, archívese. -

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADA Ingresado como Correspondencia Recibida en Sesión Ordinaria de fecha 11 de marzo de 2026 y solicitado su tratamiento Sobre Tablas. -  

 

SALIDA El proyecto fue aprobado en general y en particular por la UNANIMIDAD del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 11 de marzo de 2026.

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 13 de marzo de 2026.-