Boletines/Puan
Resolución Nº 04/26
Publicado en versión extractada
Puan, 11/03/2026
Corresp. al Expte. N°07/26
VISTO:
El pedido y las inquietudes manifestadas por vecinos de la localidad de Erize respecto de la necesidad de contar con un punto de conectividad a internet de acceso libre en dicha comunidad y;
CONSIDERANDO:
Que vecinos de la localidad de Erize han planteado la necesidad de contar con un servicio de wifi libre en la localidad y que permita acceder a internet de manera gratuita. Que en la actualidad el acceso a la conectividad constituye una herramienta esencial para la vida cotidiana, permitiendo realizar trámites, acceder a servicios digitales, plataformas educativas, y acceder canales de comunicación. Que la conectividad a internet se ha transformado en un elemento clave para garantizar igualdad de oportunidades, particularmente en pequeñas localidades donde muchas veces el acceso al servicio domiciliario presenta limitaciones o costos elevados. Que en distintos espacios públicos del distrito de Puan ya se encuentran disponibles puntos de wifi libre y gratuito, lo que demuestra que se trata de una herramienta viable para ampliar el acceso a la conectividad. Que la implementación de un punto de wifi libre en la localidad de Erize permitiría dar respuesta concreta a una demanda de vecinos, fortaleciendo el acceso a la información, la comunicación y los servicios digitales. Que resulta oportuno promover políticas públicas que acompañen las necesidades de las distintas localidades del distrito, garantizando condiciones de acceso equitativas a la conectividad.
POR ELLO, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades que le son propias sanciona la siguiente:
RESOLUCIÓN N° 0 4 / 2 6
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al Departamento Ejecutivo la implementación del servicio de wifi libre y gratuito en la localidad de Erize, en respuesta a la demanda manifestada por vecinos de la comunidad, con el objetivo de garantizar el acceso a conectividad digital en dicha localidad.
ARTÍCULO 2°.- Autorizar al Departamento Ejecutivo que, a través del área que corresponda, disponga la adopción de las medidas técnicas, operativas y económicas necesarias para la instalación, puesta en funcionamiento y mantenimiento del servicio de conectividad mencionado en el artículo precedente.
APROBADA POR UNANIMIDAD EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PUAN, EN SESIÓN ORDINARIA PÚBLICA A ONCE DÍAS DEL MES DE MARZO DOS MIL VEINTISEIS.
Firma: Graciela M. Montemuiño, Secretaria Legislativa. Albornoz, Sergio; Presidente.