Boletines/Lobería

Decreto Nº553-26

Decreto Nº 553-26

Lobería, 11/03/2026

AUTORÍZASE, una RIFA . 

Visto

Lo dispuesto en los artículos 107 y l08 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ordenanza Municipal Nº 092/84 y sus modificatorias; y

Considerando

QUE, la “ASOCIACIÓN CIVIL AMIGOS DE BOMBEROS DEL PARTIDO DE LOBERÍA”, Entidad de Bien Público registrada bajo el Nº 278 tipo "A", solicita autorización para poner en circulación una Rifa;
QUE, de acuerdo a lo informado por la Oficina Municipal de Información al Consumidor (O.M.I.C.), dicha entidad ha cumplimentado los requisitos determinados por la Ordenanza      Nº 092/84 y sus modificatorias, por lo que es procedente otorgar la autorización solicitada;          

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en ejercicio de sus atribuciones, dicta el siguiente:
D E C R E T O

ARTÍCULO 1.- AUTORÍZASE a la "ASOCIACIÓN AMIGOS DE BOMBEROS DEL PARTIDO DE LOBERÍA”, Entidad inscripta bajo el Nº 278 Tipo “A” del Registro Municipal de Entidades de Bien Público, a poner en circulación a partir  de la fecha del presente decreto y hasta veinticuatro (24) horas antes del Sorteo Final que se realizará el 19 de diciembre de 2026, a realizarse por lotería nocturna de la Provincia de Buenos Aires, una RIFA denominada “GRAN CAMPAÑA ANUAL 2026”, encuadrada en lo prescripto por la Ordenanza Nº 092/84 y sus modificatorias.ARTÍCULO 2.- El billete a circular se ajustará a lo determinado por la mencionada Ordenanza y en el mismo deberá constar:
a) Denominación de la Entidad y domicilio.
b) Leyenda: Rifa con autorización de la Municipalidad de Lobería.
c) Fecha y número del Decreto Municipal autorizante y numeración de las boletas.
d) Los premios a sortear son:
SORTEO FINAL:
EL 19 DE DICIEMBRE DE 2026.
PRIMER PREMIO: Una orden de compra por la suma de Pesos Cinco Millones ($5.000.000.-)
SEGUNDO PREMIO: Una orden de compra por la suma de Pesos Dos Millones Quinientos Mil ($ 2.500.000.-)
TERCER PREMIO: Una orden de compra por la suma de Pesos Un Millón Quinientos Mil ($ 1.500.000.-) SORTEO ESPECIAL POR PAGO AL CONTADO:
Se realizará un sorteo el 29 de agosto de 2026, una orden de compra por la suma de Pesos Un Millón ($ 1.000.000.-)
Sorteo “Día del Bombero” el 5 de septiembre de 2026, una orden de compra por la suma de Pesos Ochocientos Mil    ($ 800.000.-)
SORTEOS MENSUALES:
Se llevarán a cabo sorteos mensuales: 30 de mayo, 27 de junio, 25 de julio, 26 de septiembre, 31 de octubre y 28 de noviembre de 2026, con un premio de una orden de compra de  pesos doscientos mil ($ 200.000.-) cada uno:
e) Se pondrán en circulación Un Mil (1000) billetes con un (1) número cada boleta, desde el 000 al 999. Con un valor de PESOS CUARENTA Y OCHO MIL ($ 48.000.-) cada una, pudiendo ser abonadas al contado o en ocho (8) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de PESOS SEIS MIL ($ 6.000.-) cada una.
f) Transcripción de los artículos 13 y 14 de la Ordenanza Municipal Nº 092/84.
g) Firma hológrafa del Presidente, Secretario y Tesorero, que podrán ser facsimilares.
ARTÍCULO 3.- La presente autorización queda supeditada al cumplimiento de la presentación de todos los talonarios ante la División de Inspección General de la Comuna, antes de su puesta en venta, a los efectos de su verificación y sellado.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese a la Entidad solicitante, Oficina de Licencias de Conducir, Oficina Municipal de Información al Consumidor (O.M.I.C.), Comisaría de Policía y Honorable Concejo Deliberante, dése al registro de Decretos, cumplido, ARCHÍVESE.